Infraestructuras de mercado de valores.

La CNMV aprueba la circular sobre registros, bases de datos internos o estad铆sticos y documentos que deben llevar las entidades comprendidas en el Art 84.1 LMV.

  • La Circular se aprueba en virtud de la habilitaci贸n del Art. 86.2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores ( LMV), que faculta al MinisIMG_20150906_163315984[1]tro de Econom铆a y Competitividad y, con la habilitaci贸n expresa de 茅ste (mediante Orden ECC 2515/2013) , a la CNMV para regular los registros, bases de datos internos o estad铆sticos y documentos que deben llevar las entidades comprendidas en el Art 84.1 LMV.

    • En esta Circular la CNMV establece la forma y contenido m铆nimo de dicha informaci贸n, caracter铆sticas, formatos, frecuencias, plazos, sistemas de transmisi贸n o de remisi贸n de datos a la CNMV, etc
    • Las entidades cuyos datos son objeto de esta circular son las relacionadas en las letras a) y b) del art铆culo 84.1 de la LMV, es decir, las que rigen, gestionan, administran o controlan infraestructuras de mercado, tanto las sociedades rectoras de mercados secundarios oficiales y de sistemas multilatera
      les de negociaci贸n, las de poscontrataci贸n , las sociedades que administran sistemas de contrapartida central, las que gestionan sistemas de compensaci贸n, liquidaci贸n y registro; siempre que tales mercados o sistemas o sus sociedades rectoras, administradoras o gestoras est茅n sujetas al cumplimiento de LMV y su normativa de desarrollo, as铆 como al Derecho de la UE que contengan preceptos espec铆ficamente referidos a ellas.

    • Tambi茅n se aplica a la Sociedad de Bolsas y a la sociedad o sociedades que controlen a las sociedades rectoras, administradoras o聽gestoras.
    • No se aplica al Banco de Espa帽a.
  • Circular 1/2015, de 23 de junio, de la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores, sobre datos e informaci贸n estad铆stica de las infraestructuras de mercado. – Referencia: BOE-A-2015-7185

 

TS confirma multa a Iberdrola por pr谩cticas contrarias a la competencia

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 15 millones de euros que la Comisi贸n Nacional de la Competencia impuso a Iberdrola Distribuci贸n el 2 de abril de 2009 por pr谩cticas prohibidas contra la competencia, por trato discriminatorio a competidores y negar el acceso al Sistema de Informaci贸n de Puntos de Suministro

Iberdrola Distribuci贸n El茅ctrica, S.A.U. hab铆a recurrido聽 la Sentencia dictada el 17 de mayo de 2.012 por la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Secci贸n Sexta) de la Audiencia Nacional en materia de derecho de la competencia, que hab铆a desestimado su recurso contra la resoluci贸n del Consejo de la Comisi贸n Nacional de la Competencia de 2 de abril de 2.009, por el que se declaraba que Iberdrola Distribuci贸n hab铆a incurrido en una pr谩ctica anticompetitiva consistente en la denegaci贸n de acceso masivo e incondicionado al sistema de informaci贸n de puntos de suministro (SIPS) a los competidores de la comercializadora del grupo Iberdrola, en relaci贸n con el acceso a la informaci贸n de clientes, as铆 como haber permitido a Iberdrola un acceso discriminatorio a dicha informaci贸n…..

Acceso a los documentos. Derecho de la Competencia. TGUE

banderaue3Sentencia en el asunto,聽T –聽623/13.聽Uni贸n de Almacenistas de Hierros de聽Espa帽a / Comisi贸n

De conformidad con la Sentencia T-623/13, la divulgaci贸n de los documentos transmitidos por una autoridad nacional de聽competencia en el contexto de un procedimiento de infracci贸n聽competencia perjudica, en principio, tanto a la protecci贸n de los intereses comerciales de聽las empresas afectadas como聽a las聽actividades de investigaci贸n de la聽autoridad nacional de competencia.
Leer la Sentencia Almacenistas de Hierros,聽 aqu铆.Tambi茅n, relacionados con esta entrada:
  • El Reglamento 1049/UE, aplicable, aqu铆
  • El Convenio del Consejo de Europa sobre acceso a documentos, de 2009, aqu铆gafas1
  • Ley 18/2015 de reutilizaci贸n de informaci贸n del sector p煤blico, aqu铆
  • El anexo al聽 informe anual de la Comisi贸n Europea sobre Acceso a los documentos de las Instituciones en 2014.

Seguro de Responsabilidad de Administradores

Mucho ha llovido desde las primeras p贸lizas del llamado seguro 芦D&O禄 que tuvimos ocasi贸n de analizar gracias a la beca de la Fundaci贸n Mapfre disfrutada聽en 1998, contando con el apoyo como tutor Corporativo del experto D Eduardo Pavelek Zamora, quiz谩s el profesional que mejor conoce el proceso de introducci贸n en nuestro pa铆s de estas p贸lizas.

La reciente聽entrada en su blog, del (Profesor S谩nchez -Calero, a la que remitimos)聽analiza con la lucidez habitual las actuales perspectivas de las p贸lizas D&O en Espa帽a, a la luz de las recientes reformas del r茅gimen de responsabilidad de administradores en nuestro pa铆s y de la XVII edici贸n del Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro, organizado por INESE y el Colegio de Abogados de Madrid de la que nos da noticia. Expresa el Profesor como la jurisprudencia expansiva delas Salas Primera y Segunda del TS en relaci贸n con la interpretaci贸n del alcance de la cobertura de la responsabilidad civil por los seguros,聽 podr铆a llegar a chocar con principios tan esenciales como es el de la no asegurabilidad del dolo聽(art. 19 Ley de Contrato de Seguro),Se帽ala el profesor, en este sentido c贸mo la Sala Primera del Tribunal Supremo ha se帽alado el deber de indemnizaci贸n de la aseguradora de RC. frente a la v铆ctima por hechos lesivos del asegurado, aunque 茅stos puedan ser llegar a ser considerados de car谩cter doloso (STS de 17 de abril de 2015 -RJ 2015, 1199)

Por su parte, Almudena Gil,聽 en 芦Expansi贸n Jur铆dico禄 adelanta reflexiones que afectan -entre otras- a esta modalidad de seguro, a ra铆z de la reciente reforma del C贸digo Penal.

Estaremos atentos a las publicaciones y comentarios que sin duda ir谩n surgiendo sobre esta cuesti贸n, en los pr贸ximos meses, completando algunos trabajos anteriores (con disculpas por las omisiones involuntarias que pueda haber entre los mercantilistas 聽que se han ocupado de esta figura, y que corregir茅 -notificar aqu铆-).

Por ahora, rese帽amos algunas (tambi茅n completadas con posterioridad a la publicaci贸n de este post):

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Estatutos de Empresas de Trabajo Temporal

Publicado el 29 de mayo de 2015 el Real Decreto que aprueba el Reglamento de las Empresas de Trabajo Temporal.聽Remitimos a estas secciones de su Exposici贸n de motivos y recomendamos la lectura detallada, particularmente a los estudiantes de RRLL.

  • ……禄 La Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobaci贸n de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, procedente del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, del mismo nombre, ha llevado a cabo importantes modificaciones en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, con el objetivo fundamental de adaptarla a lo dispuesto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garant铆a de la unidad de mercado, que establece como principio b谩sico el de eficacia nacional de las autorizaciones. Si bien se mantiene en la ley el r茅gimen de autorizaci贸n, al considerarse que este se encuentra justificado por razones de orden p煤blico relacionadas con la lucha contra el fraude, como garant铆a de los derechos de los trabajadores y del Sistema de Seguridad Social, se simplifica con la supresi贸n de toda limitaci贸n en cuanto al 谩mbito territorial de actuaci贸n de las empresas de trabajo temporal o cualquier exigencia de ampliaci贸n o pr贸rroga de las autorizaciones…..
  • Los objetivos de este real decreto son, fundamentalmente….: En primer lugar, adecuar su contenido a los recientes cambios introducidos en la ley, fundamentalmente en lo que respecta al r茅gimen de autorizaci贸n administrativa para el desarrollo de la actividad constitutiva de empresa de trabajo temporal. ….. En segundo lugar, implantar la administraci贸n electr贸nica en todo el procedimiento administrativo en materia de empresas de trabajo temporal…..En tercer lugar, …actualizar la norma reglamentaria,聽…
  • Quedan pendientes, conforme a la Disposici贸n Adicional 1 del RD el desarrollo de聽una aplicaci贸n inform谩tica y base de datos central de empresas de trabajo temporal y al Registro de Empresas de Trabajo Temporal; as铆 como la colaboraci贸n entre el聽Ministerio de Empleo y Seguridad Social con las Comunidades Aut贸nomas y sus respectivos servicios con autoridad y competencia sobre los registros禄.

Estatutos de organizaciones empresariales (y sindicatos)

Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre dep贸sito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

Este RD establece medidas de transparencia mediante la imposici贸n de obligaciones de registro de

  • La constituci贸n de sindicatos y de asociaciones empresariales.
  • La constituci贸n de federaciones y confederaciones de sindicatos y de asociaciones empresariales.
  • Las modificaciones estatutarias de las anteriores
  • La afiliaci贸n de organizaciones sindicales y empresariales a otras de 谩mbito superior, tanto de car谩cter funcional como territorial, as铆 como su desvinculaci贸n de las mismas.
  • La fusi贸n y la integraci贸n de organizaciones sindicales y empresariales.
  • La suspensi贸n y disoluci贸n de las organizaciones sindicales y empresariales.

Adem谩s, de forma voluntaria, podr谩n depositar los acuerdos de designaci贸n y renovaci贸n de los cargos que ostentan su representaci贸n legal.

Veracidad de los estudios sobre productos alimenticios

comentarios 2El BOE de 27 junio publicaba el聽Real Decreto 538/2015, de 26 de junio, por el que se regula la realizaci贸n de estudios, informes y an谩lisis comparativos sobre productos alimenticios

  • Se trata con esta norma de cumplir el mandato legal de la聽Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, establece que los estudios, informes y an谩lisis comparativos sobre productos alimenticios dispuestos para su venta al consumidor final, y cuyos resultados se destinen a su difusi贸n, deber谩n observar los principios de veracidad, rigor t茅cnico y anal铆tico y cumplir con todas las garant铆as contempladas en la normativa nacional o comunitaria en materia de an谩lisis.聽
  • El RD amplia y actualiza los procedimientos e instrumentos para la elaboraci贸n de estudios, informes y an谩lisis comparativos sobre productos alimenticios para su venta al consumidor final.
    • Es de aplicaci贸n a todos los estudios comparativos destinados a su publicaci贸n o difusi贸n para informaci贸n al consumidor
    • No se aplica a los estudios y proyectos t茅cnicos desarrollados con car谩cter cient铆fico,

Infraestructuras de mercados, informaci贸n y funci贸n supervisora de CNMV

Publicada, la聽 Circular 1/2015, de 23 de junio, de la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores, sobre datos e informaci贸n estad铆stica de las infraestructuras de mercado

  • Se aprueba conforme al 86.2 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (en adelante LMV)que faculta al Ministro de Econom铆a y Competitividad y, con la habilitaci贸n expresa de 茅ste, a la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores (CNMV), a regular los registros, bases de datos internos o estad铆sticos y documentos que deben llevar las entidades comprendidas en su art铆culo 84.1.
  • El objetivo principal de esta Circular es establecer y regular los registros, bases de datos internos o estad铆sticos y documentos que reflejen y hayan de contener informaciones relativas a la estructura y la operativa y a actividades sobre instrumentos financieros realizadas, en su caso, en las entidades comprendidas en las letras a) y b) del art铆culo 84.1 de la LMV, y que han de ser capturadas y guardadas por esas entidades para ser puestas a disposici贸n de la CNMV a efectos del ejercicio de sus funciones de supervisi贸n, incluidas tareas de comprobaci贸n o conciliaci贸n de dicha informaci贸n.
    • Subrayamos que, conforme a su Norma 2
      • 芦las informaciones estad铆sticas objeto de esta circular consistir谩n en datos dispuestos de manera adecuada para su tratamiento automatizado que ser谩n reflejo de los eventos que conforman la 芦secuencia de los servicios禄 que prestan las distintas infraestructuras de mercado. Dichas informaciones podr谩n incluir datos agregados o compendiados, incluidos informes, instrucciones, avisos y mensajes de texto o mixtos, datos y textos, que quepa asociar o que sean dependientes de la citada secuencia de los servicios.
      • la 芦secuencia de los servicios禄 comprende los eventos, y los hitos de ocurrencia de 茅stos, desde el momento en que una orden es introducida en los sistemas de la correspondiente infraestructura por un intermediario miembro de la misma hasta el momento en que el resultado final, cualquiera que fuere,. Queda reflejada聽 en las cuentas de la infraestructura de que se trate.禄

Financiaci贸n PYMES_ UE. Acciones e informes del BEI y del BCE.

Destacamos algunas actuaciones del BEI en orden a financiar las PYMES

 

  • En 2014, el Grupo BEI (que incluye el Fondo Europeo de Inversiones) destin贸 25 500 millones de EUR para el apoyo a PYMES En este mismo a帽o en聽 Espa帽a, el BEI destin贸 un importe de 7 603 millones de EUR para nuevas l铆neas de cr茅dito para PYMES
  • El 2 junio 2015, el BCE public贸 su informe sobre acceso de las pymes europeas a la financiaci贸n en el periodo comprendido entre octubre 2014 y marzo 2015, mostrando una tendencia positiva
  • En junio 2015, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) aprob贸 un cr茅dito de 500 millones de EUR con BBVA destinado a facilitar el acceso de las PYMES a la financiaci贸n principalmente en el sector industrial y de servicios.En ese marco el聽BBVA aportar谩 otros 500 millones de EUR adicionales, por lo que el volumen total de financiaci贸n para peque帽as y medianas empresas ascender谩 a 1 000 millones de EUR.
    • El contrato de pr茅stamo ha sido firmado聽el 3 06 2015聽en Madrid por el Vicepresidente del BEI,聽 y el Consejero Delegado de BBVA, .
    • Estos fondos se聽 destinar谩n a facilitar financiaci贸n 聽para PYMES 聽en un amplio abanico de sectores productivos.
    • Los pr茅stamos individuales financiar谩n inversiones de hasta 25 millones de EUR en el caso de PYMES y hasta 50 millones de EUR cuando se trate de empresas de mediana capitalizaci贸n.
    • Los proyectos elegibles para financiaci贸n estar谩n localizados principalmente en Espa帽a y est谩 previsto que alrededor del 20% del importe de los fondos se destine a inversiones en regiones de convergencia.

Recuperaci贸n y resoluci贸n de entidades de cr茅dito y empresas de servicios de inversi贸n

giraldaLey 11/2015 de 18 de junio, de recuperaci贸n y resoluci贸n de entidades de cr茅dito y empresas de servicios de inversi贸n. Esta ley, que desarrolla entre nosotros el Derecho de la Uni贸n Europea en materia de recuperaci贸n y resoluci贸n, completa el nuevo r茅gimen aplicable a las entidades de cr茅dito espa帽olas.

Por su relaci贸n y para contextualizar recomendamos consultar:

  • REGLAMENTO (UE) No 806/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO聽de 15 de julio de 2014聽por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resoluci贸n de entidades de cr茅dito y de determinadas empresas de servicios de inversi贸n en el marco de un Mecanismo 脷nico de Resoluci贸n y un Fondo 脷nico de Resoluci贸n y se modifica el Reglamento (UE) no聽1093/2010

  • DIRECTIVA 2014/59/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO聽de 15 de mayo de 2014聽por la que se establece un marco para la reestructuraci贸n y la resoluci贸n de entidades de cr茅dito y empresas de servicios de inversi贸n, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) no聽1093/2010 y (UE) no聽648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

  • Folleto: Single Resolution Board; y aqu铆
  • Entrada en 芦better regulation禄 con novedades sobre el Mecanismo 脷nico de Resoluci贸n y la Junta 脷nica de Resoluci贸n

Equilibrio de g茅nero en la peque帽a empresa familiar : el papel del protocolo

Nota sobre el trabajo aportado desde la Universidad de Le贸n, 谩rea de derecho mercantil; al libro homenaje al Profesor Illescas, con motivo de su jubilaci贸n: Equilibrio de g茅nero en la peque帽a empresa familiar : el papel del protocolo. Autor(es): D铆az G贸mez, Mar铆a Angustias; P茅rez Carrillo, Elena F.; D铆az G贸mez, Elicio

 

  • Resumen: Los (relativos) avances a favor de la paridad de g茅neros en las empresas cotizadas que se est谩n articulando, en buena medida, como consecuencia de las recomendaciones de soft law y gu铆as de buenas pr谩cticas, no parecen haber influido de igual forma entre las聽empresas familiares, y -lo que es peor- han calado menos entre las de reducidas dimensiones. En este trabajo se repasa el estado de la cuesti贸n sobre la materia y se proponen v铆as para la incorporaci贸n de recomendaciones y pactos familiares que contribuyan a configurar un perfil de empresa familiar adaptada al siglo XXI, tambi茅n en t茅rminos de igualdad de g茅nero.

 

M谩s publicaciones del 脕rea de Derecho Mercantil de la ULE, aqu铆

Libro homenaje al Profesor Rafael Illescas Ortiz

Publicado, en formato abierto el libro electr贸nico homenaje al Profesor Rafael Illescas Ortiz, Estudios sobre el futuro C贸digo Mercantil. Libro homenaje al profesor Rafael Illescas [(dirs. Morillas M.J./Perales, P./Porfirio, L.J.), Madrid (2015), 2131 p谩ginas. Felicitando al profesor y maestro con motivo de su jubilaci贸n, recomendamos la consulta de este trabajo en el que el Area de Derecho Mercantil realiz贸 una peque帽a, pero sentida aportaci贸n

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