A propósito del día mundial de la poesía. Poesía y Derecho

La UNESCO proclamó el 21 de marzo como Día Mundial de la Poesía (durante su 30º periodo de sesiones, en París en 1999), señalamiento que convoca a reflexionar sobre el poder del lenguaje poético para la capacidad creativa de las personas, y como vía de expresión de valores.  Con tal motivo recogemos unas palabras de la Profesora María Angustias Díaz Gómez, Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de León,  y coordinadora del Grupo de Innovación Docente, DerMerULE, en el marco de una reciente entrevista:

«el Derecho, como todo lo que es vivido, ofrece argumentos para poetizar. Y la poesía, como el Derecho, supone creación y sensibilidad. Y las emociones importan, con alcances distintos es cierto, tanto en el Derecho como en la poesía.  Y es que, como manifestara Martha Nussbaum, una buena forma de empezar a defender la justicia es mirando en el interior de nuestros corazones. La retroalimentación o la confabulación de la poesía y el Derecho produce frutos realmente muy valiosos, que me agradan y llenan mi tiempo», precisa esta poeta, deudora de un gran maestro del Derecho Mercantil, Joaquín Garrigues, quien decía que el Derecho «se da para la vida y rige la vida», al igual que ocurre, «con otros matices», con la poesía…»

También inspiradores, la Web UNESCO, y el mensaje de la experta en educación y Relaciones Internacionales, Doña Irina Boskova, Directora General de Unesco, en conmemoración de este día.

En la imagen: Monumento a Rosalía de Castro. Santiago de Compostela

Sociedad Anónima Hullera Vasco Leonesa. Más de un siglo de historia

Anunciaba ayer  la CNMV la exclusión de cotización de la Sociedad Anónima Hullera Vasco Leonesa por encontrarse en fase de liquidación.. Le habían precedido la apertura de la fase de liquidación en el Juzgado de lo Mercantil de León;  la comunicación del hecho relevante a la CNMV, la presentación del Plan de Liquidación en le Juzgado de lo Mercantil de León;  la decisión del Consejo que nos contaba la prensa local

IMG_20150905_171454692_HDR

El fundamento jurídico de la exclusión es el Art. 34.1 LMV: 1. La Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá acordar la exclusión de la negociación de aquellos instrumentos financieros (…) en las que se haya abierto la fase de liquidación de acuerdo con la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, o que se encuentren en fase de liquidación societaria, de conformidad con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. …..

El sustrato social, económico, familiar y sentimental  es el drama, no sólo en «LA VASCO», sino en las cuencas palentinas, leonesas, asturianas. De la SAHVL quedan más de un siglo, 123 años de historia de industrialización, forjados por hombres y mujeres, emprendedores, empresarios, mineros, familias a los que expresamos respeto admiración y gratitud. 

Día Internacional de la Mujer Trabajadora. 8.03.2016

A propósito del día internacional de la mujer trabajadora, el 8 de marzo, reseñamos algunos interesantes informes, organizaciones y proyectos sobre la situación (también)  en el ámbito jurídico, ejecutivo y financiero. 

Las asociaciones referenciadas formulan políticas de promoción de la paridad de género y oportunidades y por tanto unen en sus actividades a hombres y mujeres interesados en la cuestión. Cuentan con programas formativos y de mentorización, abiertos a egresadas y jóvenes profesionales

 

En la prensa: Sobre la introducción de cuotas en los Consejos de Administración en Alemania (NYT); en las Instituciones Europeas (Robert Schuman Foundation); sobre aversión al riesgo y las gestoras de fondos, (live); sobre la dificil paridad en la City de Londres (HP)

Recordando algunas ocasiones anteriores  relacionados aquí

Paz de mercado. Fuero de León

A caballo entre los mercados surgidos en torno al camino de Santiago y las ferias bajomedievales, el Fuero de León o  “Forum Legionense” de 1017 sancionaba ya  «Paz de Mercado» en la ciudad y su Alfoz.

Tras las incursiones de Almanzor, Alfonso V, contribuyó con el Fuero a dinamizar y potenciar la recuperación de León, protegiendo el tráfico de mercancías y la paz de mercado, regulando los aranceles, la propiedad privada, la compra venta de casas, etc., en una ciudad que ha sabido mantener durante siglos su mercado, que hoy sigue activo dos días por semana.

Los contenidos del Fuero de León, escritos en L.lionés,  tienen una naturaleza variada desde el acceso a la propiedad y la posesión, la vida de la ciudad, las actividades de los mercados, la protección de los oficios, a la inviolabilidad del hogar, la inmunidad de la mujer en ausencia del marido y la obligación de los leoneses a acudir el primer día de cuaresma al cabildo catedralicio para establecer las medidas del pan, vino, carne y estipular el salario de los trabajadores. También, eximía a los habitantes del pago de la fonsadera y de la mañería,  y reconoció , creemos que por primera vez, el derecho de los siervos a abandonar las tierras del señor llevándose sus bienes muebles. Con todo, este texto es más reconocido por ser uno (o el primero) entre los textos sobre Derechos Fundamentales de los Ciudadanos.

El Fuero de León se aplicó en todo el Reino, incluyendo Asturias, Galicia, Castilla, Braga , León  y supone un precedente para otros que siguieron contribuyendo al asentamiento del comercio hispánico de ferias y mercaderes que predominó en la península hasta la configuración de la Casa de Contratación de Sevilla. 

Su influencia fue innegable. Así, los principales derechos fundamentales de los ciudadanos, que ya se habían recogido en el Fuero de León quedarían ratificados con las Cortes de 1188 que asentaron las libertades del tercer estamento, de modo que a partir de ellas (1188) los representantes de ciudades y villas tendrían voz y voto en las decisiones importantes del Reino. Los trovadores  provenzales que nos visitaban, y también los autóctonos mencionan en sus cantigas algunos preceptos del Fuero de León, como Ayras Pérez Venturyon en sus Cantigas de escarnio e maldizer. 

El monarca Alfonso V apodado «el de los buenos fuero», por haber sancionado el fuero de León, se había criado en Galicia, falleció en el sitio de Visseu, reposa en el Panteón de Reyes de la hermosísima Basílica de San Isidoro de León.

Post scriptum: (Referencias)

Gobierno corporativo en personas jurídicas no mercantiles

Felicidades desde DerMerUle a la Profesora de Derecho Mercantil Margarita Viñuelas Sanz  por la obra de reciente publicación Gobierno Corporativo en personas jurídicas no mercantiles, Marcial Pons, 2015. El tercer libro, por ahora,  de  esta investigadora concienzuda, minuciosa, y precisa; rasgos que no empecen el estilo ameno y jurídicamente atractivo de sus escritos.

GC_entidadesnomercantiles

La monografía editada en la colección «Persona Jurídica» de la citada casa editorial ofrece una reflexión sistemática clara y elegantemente escrita sobre el modo en el que se estructuran y adoptan decisiones las asociaciones, las fundaciones, las fundaciones bancarias y las cooperativas.

Si el análisis del gobierno corporativo en España suele abordarse en el entorno de las sociedades mercantiles, sobre todo de las cotizadas, y últimamente también de las no cotizadas, la observación de la práctica empresarial evidencia la necesidad de ampliar el trabajo jurídico mercantil a otras formas organizativas presentes (y pujantes) en el tráfico. Este estudio, aborda la novedad de descender al análisis pormenorizado de la normativa reguladora de los órganos de gobierno de las distintas formas de personificación jurídica a la luz de las recomendaciones de gobierno corporativo. Recuerda la Doctora Viñuelas que para alcanzar plena eficacia, potenciar la diligencia y lealtad, el gobierno corporativo de las personas jurídicas no mercantiles ha de combinar adecuadamente flexibilidad y adaptación, con el régimen normativo imperativo vigente.

El volumen está prologado por el Profesor Santiago Hierro Anibarro, Catedrático de Derecho Mercantil de la misma madrileña Universidad, circunstancia que supone ya una garantía de rigor jurídico del libro. Extraemos de sus páginas de introducción de la obra y de la autora, una consideración en relación con la segunda que nos resulta particularmente elogiosa en el teatralizado mundo que vivimos. Señala Hierro Anibarro que la Profesora Viñuelas  «siempre ha antepuesto el fondo a la forma»….

Sin abundar más en el contenido de la obra, ni  en el del prólogo, remitimos al lector a la consulta y estudio de este trabajo, con la seguridad de que no quedará defraudado. 

Un año DerMerUle

Cuando tratábamos de constituir y consolidar el grupo de innovación docente en la universidad de León, grupo GID-DERMERULE que coordino, solicité a sus componentes, los profesores e investigadores vinculados de una u otra forma al Área de Derecho Mercantil de la ULE, diversas aportaciones.

Así, por una parte, se realizaron seminarios introductorios, de gran utilidad especialmente en grados y titulaciones no jurídicos en los que participamos, al tratarse de alumnos que carecen de una base jurídica. Por otra, se planificó y llevó a término la elaboración conjunta de casos que resolvemos entre los compañeros para su posterior planteamiento en las aulas. Y, por otra, y no de menor importancia, se nos ocurrió la idea de contar con una plataforma electrónica de apoyo.

En ese contexto, pedí a la Doctora Elena Pérez Carrillo  que revisase las posibilidades de crear una web adecuada para subir materiales, novedades o enlaces. Los medios que la ULE ofrecía incluían la tecnología wordpress de blogs, con unas características adaptadas a esta universidad. Con ilusión y buenas dosis de dedicación, particularmente de Elena, el blog comenzó a ponerse en marcha.

El blog gira fundamentalmente en torno a novedades normativas o de jurisprudencia con breves comentarios destinados a facilitar al lector el estudio de los temas que se abordan. Estos enlaces fijos para actualidad nos exigen una labor constante de análisis de las nuevas normas, de las que luego damos noticia. Representa, además, una herramienta ciertamente útil como apoyo a la docencia y a la investigación del Grupo de Derecho Mercantil. Hemos de destacar la utilización de los contenidos del blog no sólo para asignaturas en las que impartimos docencia, sean de Grado o Máster, sino también para la realización de Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster, mediante la inclusión de las oportunas etiquetas.

Las distintas secciones del blog pueden servir así como apoyo general o especifico al trabajo que realizan los profesores que pertenecen al área de Derecho Mercantil de la ULE, sin excluir la utilidad del mismo fuera de nuestro ámbito.

Un año después de comenzar su andadura, DERMERULE, el blog, ha sido visitado por los diferentes grupos de derecho mercantil del la ULE. Cuenta con aproximadamente 300 entradillas o apuntes en sus distintas secciones.

Si bien no contamos aun con un contador de visitas, si tenemos noticias de que diversos blogs jurídicos nos han dedicado alguna atención, lo que agradecemos. Siempre dispuestos a aprender y mejorar, escucharemos también las criticas que podamos merecer.

Me gustaría agradecer a la profesora Pérez Carrillo su dedicación, prácticamente constante a la tarea encomendada, no solo por el diseño de la WEB DERMERULE  sino por las entradas y noticias. Me consta que se ha empleado con ahínco en ese trabajo inicial como editora del blog DerMerUle. En cuanto a la autoría de entradas identificadas en cada caso, es una tarea que poco a poco será más compartida, yo misma he tenido oportunidad de subir algunos contenidos a DERMERULE. Es nuestro propósito continuar el trabajo de construcción de equipo, favoreciendo futuras entradas de los componentes del GID, que progresivamente se irán uniendo como autores.

Ojalá que el blog sea de alguna utilidad, a alumnos investigadores y a cuantos en alguna ocasión se crucen en nuestro ilusionante camino.

María Angustias Díaz Gómez, Catedrática de Derecho Mercantil y Coordinadora del Grupo de Innovación Docente GID-DerMerUle

 

Sobre la estructura y objetivos os remitimos a este enlace y a este.-

 

Festividad de San Raimundo de Peñafort. Facultad de Derecho. Universidad de León

El 22 de enero de 2015 se celebran en la sala de San Isidoro del Rectorado de la Universidad de León los actos conmemorativos del día de San Raimundo de Peñafort. La vida académica habitualmente discreta, casi invisible, se viste ahora de gala y representa su lado más ritual, protocolario y festivo.

El equipo decanal de la Facultad de Derecho, con el Prof. Juan José Fernández, Catedrático de Derecho del Trabajo, se vuelca un año más en un acto de acogida, reconocimiento y ritual celebrado en la capital de la antigua Legio VII. Destaca este año la conferencia de la salmantina profesora Araceli Mangas, catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Como en anteriores ocasiones, profesores, PAS, alumnos, familias, compartiremos unas bonitas horas rituales, mágicas. Sirve al efecto de esta reunión el recuerdo de San Raimundo, mercader por su origen familiar, dominico universal, aragonés ocupado y preocupado por la integración de pueblos (y religiones) que tanto llevaban ya caminado juntos en aquel siglo XIII, época en que vivió este santo patrón de los juristas.

La celebración de actos conmemorativos forma parte del acervo universitario. La incorporación de nuevos doctores y profesores a la liturgia académica, los reconocimientos a los miembros de las plantillas de personal de administración o de servicios, la imposición de bandas y diplomas a los alumnos egresados, la presencia de familiares y amigos en un día de gala, etc., constituyen representaciones formales y formalizadas de un espíritu de comunidad del que somos herederos, que hemos (y queremos) preservar y trasmitir. Muchas gracias a los compañeros del equipo decanal por una labor constante en favor de la comunidad jurídica de la Universidad de León, y en esta ocasión, además por su espíritu, ánimos, hospitalidad y brillantez académica…., y por unas fiestas que se auguran bien bonitas. Gaudeamus Igitur

 

Esperanza Guisán. Ética y justicia. D.E.P.

La Profesora Esperanza Guisán Seijas, primera catedrática de Filosofía (Ética) de la Universidad de Santiago de Compostela nos dejó el 27 de noviembre de 2015. D.E.P.

45BlogxEsperanza-GuisanxSinrazones-2Recuerdan el Xornal USC,  Wikipedia, o Dialnet (y aquí) su trascendencia como «introductora del utilitarismo contemporáneo en España y difusora de una  ética informada por la justicia, la felicidad y el bienestar». Esperanza Guisán una mujer feliz hecha a si misma fue compañera, discípula y maestra de filósofos y juristas contemporáneos (Sater, Lowÿ, Cortina, Griffin, Peces Barba, Camps, Ruiz y tantos). Realizó numerosas aportaciones en el ámbito de la ética jurídica y la responsabilidad social empresarial.

Muy acertados el título de la Catedrática Victoria Camps para el El País «Pasión por la filosofía«, y el homenaje desde su Universidad «…unha intelectual vocacional e esixente, unha académica de grande proxección internacional, pero sobre todo como unha muller feliz e xenerosa, xenerosa e feliz, a partes iguais e en todas as facetas da súa vida. «.

«Manifiesto hedonista» o «Razón y pasión en ética. Dilemas de la ética contemporánea», la fundación de las revistas Telos o Ágora, son sólo una parte de la vida y obra filosófica de Esperanza Guisán, que trascendía el quehacer académico o la investigación curricular. Alegre, luchadora, solidaria, Esperanza nos mostró una singular forma de entender la existencia, la sociedad, la amistad o la política. Esposa alén de cánones al uso. Madre sabedora de que la libertad (y no la propiedad de sus «vástagas») es la profesión de amor más sublime. Coruñesa con todas sus vísceras.

Promotora y finalmente madrina del reconocimiento en forma de Doctorado Honoris Causa del Profesor Dr. JP Griffin (8 de octubre de 2003), por la Facultad de Filosofía  en la Universidad de Santiago de Compostela,   su magistral discurso de apertura del curso académico 2006-05 en el magnífico paraninfo de la facultad de Xeografía en la USC «De la útil inutilidad de la filosofía», caló hondo.  Como lo hizo el salero de una Esperanza, siempre elegante, amabilísima y afectuosa, ofreciendo  claveles frescos, a policías y manifestantes en grandes concentraciones de queja contra los desvaríos de la política universitaria, a las que acudía. Altos ejercicios, o sencillos gestos, muchos e inolvidables!.

Esperanza gustaba charlar y escribir en idioma inglés, quizás por ser la lengua de John Stuart Mill, Harriet Taylor, Hellen Mill o de James Griffin.  «Opinadora» sagaz, deslenguada, feminista, sindicalista de base, valiente, culta y cultivada. Deboradora de libros, conciertos, óperas y películas -últimamente desde su -segundo- apartamento en Xeneral Pardiñas, en Santiago- . Y amiga. Quizás, por encima de todo, Amiga.

La conocí hace muchos años en la Residencia de Profesores de la Universidad oxiense. Nunca le agradecí lo suficiente su maternal y desinteresada compañía en mis (2) oposiciones compostelanas, o los ánimos, consideración, secretillos, comprensión y afecto recibidos. O, el que me abriese los ojos en más de una ocasión. Supo de mis recientes avatares, pero nos faltó –mea culpa– muchos abrazos más. Esperanza, no te enfades si algo a desmán de tus creencias, agarro las mías para prometerte el reencuentro. Se te echa, mucho, en falta.

 

También te recuerdan:

Esperanza, activa hasta el último día, la vemos y escuchamos aquí en la Alameda compostelana, y esta entrevista es de unos días antes de su muerte. 

Post scriptum

A raiz de algún comentario en Twitter, sugería el Profesor Jesús Alfaro, la posibilidad de compartir en abierto algunos de los trabajos de Esperanza. Sin perjuicio de ciertas gestiones que haremos, enlazamos pequeños escritos, recogidos en prensa, y recopilados principalmente en el Blog de María Darío:

Brindis de año nuevo: … … (a propósito de Damasco, Alepo, Bruselas….)

catedralleon Brindis de año nuevo: paz y comercio
(a propósito de Damasco, Alepo, Bruselas ….)

 

Pocos lugares habrá tan forjados como crisol de culturas y  pueblos que comerciaron entre sí en tiempos de paz como el territorio de Siria. Pocos que representen la Europa posterior a la 2 Guerra mundial como Bruselas.

Habitada sucesivamente por hititas, asirios, babilonios, persas, selucidas, armenios, romanos, omeyas, abasidas o mamelucos, la actual capital siria, Damasco fue en el año 634 la primera gran ciudad que cayó ante el Califato invasor. Cruce de caminos en la ruta de la seda visitado por mercaderes de Venecia, Samarcanda o Agra, otra ciudad Siria, Alepo, gozó de un destacadísimo auge bajo el imperio turco,  que prácticamente ha continuado hasta no hace tanto:  vibraba  con la vida y comercio en paz entre musulmanes, judíos y cristianos que han cambiado sus otrora bulliciosas calles y negocios por dolor, ruinas, oscuridad,  recuerdos devastados, y negocios abandonados en una égida que sólo últimamente llega a Europa, y mucho antes a Cairo, Dubái, Beirut.

Bruselas, con raíces en Flandes y Brabante,  borgoñonas y hanseáticas. Destino de la Ruta de la Lana moderna. Parte de Países Bajos a raíz del Congreso de Viena, capital de la Bélgica independiente. Invadida por  españoles, franceses, alemanes, a todos acabó dando cabida, lo mismo que a gentes venidas de más lejos. Bruselas es desde hace décadas núcleo en el nuevo mercado común  de la nueva Europa, cuyos muchos fallos y burocracias son superados con creces por sus mayores méritos y  libertades.  Símbolo de la integración  regional a través del mercado, Bruselas, amenazada, no celebrará esta noche

Por la paz en ciudades–mercado y ciudades-ruta que ya fuesen de lana o de seda, siempre con libertad, sirvieron para construir puentes, crear mercados, unir pueblos. Nuestros mejores deseos para 2016!!

 

 

Impugnación de acuerdos sociales y mejora del gobierno corporativo.

IMG_0001

El encaje entre la necesaria flexibilidad del derecho societario y de la gobernanza corporativa  y el transversal orden procesal, que impacta en las relaciones entre las minorías y mayorías en el seno de las sociedades de capital, ofrece un ámbito rico para los matices interpretativos o dogmáticos. También, un cúmulo de retos teóricos y prácticos cuyo abordaje  no es fácil.

Concretamente, articular las complejidades del proceso impugnatorio de acuerdos con la gobernanza de sociedades exige pericia técnica y sentido jurídico. En estas páginas estamos más habituadas a reflexiones vertidas desde ópticas sustantivas privatistas-mercantiles;  y  agradecemos  las aportaciones que desde ámbitos procesales contribuyen a perfilar un mejor entendimiento de las instituciones societarias. En esta línea, llamamos la atención sobre una obra que acaba de ser publicada y cuya lectura aporta luz sobre el régimen de impugnación de acuerdos en sociedades de capital, al tiempo que suscita reflexiones de calado para los mercantilistas y especialistas en gobernanza. Nos referimos a la obra del procesalista Pedro Álvarez Sánchez de Movellán, Estudios sobre el proceso de impugnación de acuerdos sociales, adaptado a la Ley 31/2014 de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital par la mejora de gobierno corporativo, cuyo libro editado por Dykinson, Madrid, 2015, merece una detallada lectura.

Recuerda el Profesor Álvarez Sánchez de Movellán que las exigencias de la eficacia empresarial, así como  las de la protección de minorías y la seguridad en el tráfico  resultan determinantes, tanto para entender la inicial redacción del régimen de impugnación de acuerdos sociales en la antigua Ley de Sociedades Anónimas (LSA) de 1951, como la de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) modificada en 2014.  Partiendo de un lúcido repaso a la evolución en España de los mecanismos impugnatorios,  el Profesor Titular de la Universidad de León no deja de lado la solución arbitral (ni los arbitrajes estatutarios) como vías de resolver conflictos que tengan por objeto acuerdos societarios. Más allá de ello,  nos conduce a través de los rasgos y caracteres del proceso: objeto, causas legales y régimen procesal, caducidad, legitimación, acumulación de procesos medidas cautelares así como efectos de la sentencia sobre impugnación de acuerdos sociales.

La abundante bibliografía y doctrina jurisprudencial  que acompañan el escrito doctrinal sirven para sustentar los argumentos de la obra. Entre éstos últimos «escogemos» para presentar aquí sólo algunos,  a modo de incentivo o aliciente para la consulta de este trabajo gestado en el activo campus Vegazana:

  • Supuestos «inimpugnables» si en un proceso incidental se encuadran como «vicios formales poco relevantes»
  • Eliminación de la distinción entre acuerdos nulos y anulables
  • Plazo de caducidad de la acción
  • Legitimación como instrumento, inter alia, para «evitar abusos»
  • Momento (o momentos)  cuando debe mantenerse el porcentaje mínimo exigido para la impugnación por parte de minorías
  • Encaje entre la sentencia que pone fin al proceso y la prohibición de que el juez  (con su criterio propio) sustituya los acuerdos sociales (basados en consideraciones empresariales)
  • Conveniencia de contar con pautas o  guías prácticas para la introducción de cláusulas estatutarias de arbitraje
  • Peculiaridades en el tratamiento procesal de los acuerdos contrarios a la ley, frente a aquellos que contradigan los estatutos, que lesionen el orden público o el interés social
  • Especialidades de la acumulación de procesos y de los liticonsorcios («cuasinecesarios») en el ordenamiento vigente.

 

 

 

Sir Adrian Cadbury. 1929-2015

bancopiedramiño2015Falleció en Inglaterra, a el día 3 de septiembre de 2015 Sir Adrian Cadbury, pionero del movimiento de Gobierno Corporativo.

Sir Adrian Cadbury lideró en los años 90 del siglo pasado la Comisión conocida por el nombre de su Presidente y que fue pionera en la formulación de buenas prácticas de gobierno corporativo. Las contribuciones de Sir Adrian cambiaron para siempre el modo en el que las sociedades, principalmente las grandes, son administradas.

Entre las recomendaciones del «Código Cadbury» están

  • la separación entre Presidente y principal ejecutivo;
  • la participación de consejeros no ejecutivos en los órganos de gobierno de las cotizadas; o
  • la adopción del mecanismo «cumple o explica» hoy ampliamente extendido en los códigos de conducta, principalmente entre las sociedades cotizadas

Vino al mundo en 1929, en la familia que ostentaba el control de la chocolatera Cadbury. Educado en Eton y Cambridge, estudió economía y se ejercitó en el remo, deporte que le llevó a representar a Inglaterra en las Olimpiadas de Helsinki.  Fallecido su hermano mayor en 1952, se incorporó a la empresa de su familia. Fue elegido Presidente del Consejo en 1963. Durante su mandato modernizó la empresa estableciendo divisiones y líneas claras de comunicación internas. Además, y mediante una fusión con un fabricante de bebidas gaseosas constituyeron Cadbury Schewepps. Sir Adrian se jubiló de la empresa familiar a los 6 años en 1990.

En 1991 el Financial Reporting Council y la Bolsa de Londres  propusieron a Cadbury para presidir un comité al que se le encargó investigar el funcionamiento de los órganos de administración de las sociedades cotizadas del Reino Unido, «UK Committee on the Financial Aspects of Corporate Governance«, que en diciembre de 1992 emitió un informe y un código de buenas prácticas conocido habitualmente como Código Cadbury,  posiblemente el código de buenas prácticas más influyente para la transformación y regulación del gobierno corporativo en todo el mundo.  Fue también Consejero del Banco de Inglaterra. Sir Cadbury se retiró en 1994.

Relacionados con el buen gobierno de las empresas existen prestigiosos centros en España y más allá. Sin desmerecer a ninguno, llamamos la atención sobre el Centro de Responsabilidad Social, Gobierno Corporativo y Protección del Inversor de la Universidad de Santiago de Compostela.

En nuestro sitio «Z-Zaguan a recursos temáticos», dentro de «Gobierno Corporativo y Responsabilidad Social de las Empresas»  enlazamos a otros centros, documentos y recursos.