Plan General Contable y PGC para PYMES y Micropymes. Apunte

El PGC sirve de marco de referencia, para facilitar la comprensión, llevanza e interpretación de la contabilidad de los empresarios

  • El Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, que es de obligado cumplimiento para todas las empresas y,
  • El Real Decreto 1515/2007 de 16 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas empresas y los criterios contables específicos para microempresas, que es de carácter voluntario y tienen por finalidad simplificar la operatoria contable y la presentación de las cuentas anuales a las pymes

  • Marco conceptual: recoge los principios contables básicos que determinan las pautas de actuación, así como la definición de elementos que conforman las cuentas anuales
  • Normas de registro y valoración: define las normas que deben emplearse a la hora de contabilizar los distintos elementos. A grandes rasgos tenemos:
    • Los activos se reconocerán cuando sea probable la obtención a partir de ellos de beneficios para la empresa en el futuro.
    • Los pasivos deben reconocerse cuando sea probable que, a su vencimiento y para liquidar la obligación, deban entregarse o cederse recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros.
    • El reconocimiento de un ingreso tiene lugar como consecuencia de un incremento de los recursos de la empresa.
    • El reconocimiento de un gasto tiene lugar como consecuencia de una disminución de los recursos de la empresa.
  • Normas de elaboración de las cuentas anuales
    • Las cuentas anuales están integradas por: el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, la memoria y el estado de flujos de efectivo (voluntario en empresas con cuentas en formato abreviado). Se expresan en euros
    • Estos documentos deben mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.
    • Las cuentas anuales se elaborarán con una periodicidad de doce meses, salvo en los casos de constitución, disolución o cambios en la fecha de cierre del ejercicio
    • Las cuentas anuales deberán ser formuladas por el empresario o los administradores, quienes responderán de su veracidad, en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el cierre del ejercicio.
    • Deberán ser firmadas por el empresario, por todos los socios ilimitadamente responsables por las deudas sociales, o por todos los administradores de la sociedad. Si faltara la firma de alguno de ellos, se indicará la causa
  • Definiciones y relaciones contables: En esta parte se explica la operatoria de funcionamiento de las cuentas por grupos
  • Cuadro de Cuentas: Recoge el cuadro de cuentas, que  no es obligatorio por lo que puede adaptarse a las necesidades de las empresas, creando nuevas cuentas

 Especialidades para pymes

  • Tiene carácter voluntario y está destinado a simplificar la operativa a las empresas de menor tamaño, especialmente en lo relativo a activos financieros
  • Lo pueden aplicar las empresas, independientemente de su forma jurídica, que durante dos años consecutivos reúna en la fecha de cierre, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas de activo =2.850.000€
    • Que el importe neto de su cifra anual de negocios = 5.700.000€
    • Que el número medio de trabajadores empleados sea = 50

 

Si la empresa forma parte de un grupo de empresas, para el cálculo los límites anteriores se tendrán en cuenta la suma de los datos del grupo

  • El Plan de Pymes trabaja con 7 grupos de cuentas, no existiendo el grupo 8 ni el 9 del Plan Ordinario que se destinan a la imputación de gastos e ingresos al patrimonio
  • Las Cuentas Anuales se presentarán en modelos abreviados, simplificándose la memoria y el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, además de no tener obligación de presentar Estado de Flujos de Efectivo

Particularidades Micropymes

  • Se considera micropymes aquellas empresas que si durante dos ejercicios consecutivos cumplan al menos dos de las siguientes circunstancias:
    • Total de activo menor o igual 1 millón €
    • Importe neto cifra de negocios menor o igual a 2 millones de €
    • Número medio de trabajadores no superior a 10
  • Además de lo ya comentado en el plan pymes, se simplifica:
    • El leasing: la cuota se imputa a resultados y en el momento de la opción de compra se registra el activo.
    • El Impuesto sobre sociedades: el gasto por impuesto coincide con las liquidaciones fiscales del ejercicio corriente.

Libros obligatorios (incluidos los de contabilidad) del empresario. Apunte

  • El Código de Comercio establece como libros obligatorios:

  • ….sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario.  (Art 25.1 Cco)

Además de los libros obligatorios las sociedades suelen llevar otros libros auxiliares como los “Mayores”.Estos pueden legalizarse voluntariamente en Registro Mercantil

  • Las sociedades mercantiles llevarán también un libro o libros de actas, en las que constarán, al menos, todos los acuerdos tomados por las juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad, con expresión de los datos relativos a la convocatoria y a la constitución del órgano, un resumen de los asuntos debatidos, las intervenciones de las que se haya solicitado constancia, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones.(Art 26.1 Cco.)

  •  Los libros contables deben legalizarse ante el Registro Mercantil provincial. Ésta debe realizarse antes de que transcurran 4 meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio (si el cierre se realiza el 31/12, deben legalizarse antes del 30 de abril del año siguiente). La legalización puede realizarse por vía telemática.

    (Art 27 Cco): 1. Los empresarios presentarán los libros que obligatoriamente deben llevar en el Registro Mercantil del lugar donde tuvieren su domicilio, para que antes de su utilización, se ponga en el primer folio de cada uno diligencia de los que tuviere el libro y, en todas las hojas de cada libro, el sello del Registro. En los supuestos de cambio de domicilio tendrá pleno valor la legalización efectuada por el Registro de origen. 2. Será válida, sin embargo, la realización de asientos y anotaciones, por cualquier procedimiento idóneo sobre hojas que después habrán de ser encuadernadas correlativamente para formar los libros obligatorios, los cuales serán legalizados antes de que transcurran los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio. En cuanto al libro de actas, se estará a lo dispuesto en el Reglamento del Registro Mercantil.3. Lo dispuesto en los párrafos anteriores se aplicará al libro registro de acciones nominativas en las sociedades anónimas y en comandita por acciones y al libro registro de socios en las sociedades de responsabilidad limitada, que podrán llevarse por medios informáticos, de acuerdo con lo que se disponga reglamentariamente. 4. Cada Registro Mercantil llevará un libro de legalizaciones.

Más:

  • Principio de claridad y de orden. Art 29.1 Cco Todos los libros y documentos contables deben ser llevados, cualquiera que sea el procedimiento utilizado, con claridad, por orden de fechas, sin espacios en blanco, interpolaciones, tachaduras ni raspaduras. Deberán salvarse a continuación, inmediatamente que se adviertan, los errores u omisiones padecidos en las anotaciones contables. No podrán utilizarse abreviaturas o símbolos cuyo significado no sea preciso con arreglo a la ley, el reglamento o la práctica mercantil de general aplicación.
  • Los libros obligatorios deben legalizarse en RM. Sobre legalizaciones, también aquí y aquí

Libro de Inventarios y Cuentas Anuales (contabilidad)

  • Art 29.1 Cco
  • Se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa
  • Trimestralmente se transcribirán los balances de comprobación de sumas y saldos.
  • Anualmente, en el momento del cierre, se recogerá el inventario de las partidas de existencias. La mayoría de las empresas hace coincidir su ejercicio económico con el año natural, pero puede elegir libremente el plazo de 12 meses que desea que configure su ejercicio económico.
  • Anualmente se confeccionarán las Cuentas Anuales que han de depositarse en el Registro Mercantil de la Provincia donde se ubique la sede social de la empresa.
  • Las Cuentas Anuales comprenden los siguientes documentos: Balance, Cuenta de Resultados, Memoria, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Estado de Flujos de Efectivo (los dos últimos voluntario para pymes).
    • Art 34.1 Cco Al cierre del ejercicio, el empresario deberá formular las cuentas anuales de su empresa, que comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo y la Memoria. Estos documentos forman una unidad. El estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo no serán obligatorios cuando así lo establezca una disposición legal.
    • Art 34.2,3,4, 5,6  Cco: 2. Las cuentas anuales deben redactarse con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales. A tal efecto, en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica 3, . Cuando la aplicación de las disposiciones legales no sea suficiente para mostrar la imagen fiel, se suministrarán en la memoria las informaciones complementarias precisas para alcanzar ese resultado.4. En casos excepcionales, si la aplicación de una disposición legal en materia de contabilidad fuera incompatible con la imagen fiel que deben proporcionar las cuentas anuales, tal disposición no será aplicable. En estos casos, en la memoria deberá señalarse esa falta de aplicación, motivarse suficientemente y explicarse su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa 5. Las cuentas anuales deberán ser formuladas expresando los valores en euros. 6, Lo dispuesto en la presente sección también será aplicable a los casos en que cualquier persona física o jurídica formule y publique cuentas anuales.

Libro Diario (contabilidad)

  • Registrará todas las operaciones relativas al ejercicio de la empresa día a día.
  • ( Art 28.2 Cco) No obstante, se permite la anotación conjunta de las operaciones por periodos no superiores al trumestre, a condición de que su detalle aparezca en otros libros registros. 2. El Libro Diario registrará día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Será válida, sin embargo, la anotación conjunta de los totales de las operaciones por períodos no superiores al trimestre, a condición de que su detalle aparezca en otros libros o registros concordantes, de acuerdo con la naturaleza de la actividad de que trate.

 

Libro de Actas

  • Este libro también  debe legalizarse en el Registro Mercantil.
  • Se harán constar, según se indica en el artículo 26 del Código de Comercio, todos los acuerdos tomados por las juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad, detallando los siguientes aspectos:
    • Datos relativos a la convocatoria y a la constitución del órgano.
    • Resumen de los asuntos sometidos a debate.
    • Las intervenciones de las que se haya solicitado constancia.
    • Acuerdos adoptados.
    • Resultado de las votaciones.

Libro de Registro de Acciones Nominativas, Libro de socios y Libro Registro de Contratos

  • Deben también  legalizarse en el Registro Mercantil. 
  • Libro Registro de Acciones Nominativas: para sociedades anónimas y comanditarias por acciones.
  • Libro Registro de Socios: para sociedades de responsabilidad limitada y sociedad limitada nueva empresa
  • Libro Registro de Contratos celebrados entre el socio único y la sociedad. Sólo para sociedades unipersonales

 

Comercialización de energía y Fondo Nacional de Eficiencia Energética

El Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia crea el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética y obliga a los comercializadores de productos energéticos a contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en función de sus ventas anuales finales.

Marcas. Localizador internacional

El Servicio Federal de Propiedad Intelectual de Rusia (Rospatent) y la Oficina americana de Patentes y Marcas (USPTO) junto con las oficinas nacionales de otros estados forman parte del complejo mecanismo de búsqueda y localizador de marcas, TMView, como consecuencia del programa de Cooperación Internacional desarrollado por la Oficina de Armonización del Mercado Interior.  TMView es gratuito

Más de 34 Oficinas Nacionales las que forman parte de TMView ofreciendo información de más de 20 millones de marcas en total. Desde la presentación de TMView el 13 de abril del 2010, la herramienta ha realizado más de 5 millones de búsquedas de 205 países diferentes, con usuarios de todos los paises del mundo.

Primera entrada

ule_escudoIniciamos las entradas en esta web, basada en la tecnología blog de la Universidad de León para el estudio, aprendizaje e investigación del Derecho Mercantil desde la Universidad de León.

Esta Web, administrada y editada por la  Doctora Elena F Pérez Carrillo, se enmarca dentro de las actividades del Grupo de Innovación Docente (GID) «GID-DerMerUle» dirigido por la Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de León, la Profesora Doctora María Angustias Díaz GómezLa autoría de cada entrada corresponderá a quien obra en su margen izquierdo. Nótese que es posible contactar con cada autora «clicando» en el alias que enlaza a su correo electrónico.

Siendo este, ante todo, un sitio o «portal» de recursos jurídicos está abierto a la consulta para cualquier interesado que lo desee. Junto con instrumentos gratuitos (bases de datos, revistas, entradas breves) se incorporarán además algunos recursos propios, accesibles mediante los instrumentos de la Universidad de León, y en concreto para alumnos, investigadores, colaboradores y profesores de Derecho Mercantil de la Universidad de León.

Si bien no está prevista la habilitación generalizada de la herramienta  de «comentarios», principalmente por las limitaciones de tiempo y experiencia de quien aborda esta tarea editora;  en las distintas secciones y sobre todo en la de «A-Ámbito y descripción de esta web» en la pestaña horizontal superior, aparece el enlace a correo electrónico donde se atenderá consultas, agradecerán sugerencias o críticas, y  se aceptará -con la autoría correspondiente-, las aportaciones sustanciales, noticias, etc., que colegas, investigadores o profesores puedan remitir a  efectos de publicación en este sitio.

Todas las entradas y contenidos tipo texto escritos en este sitio se publican conforme a la licencia creative commons de «Reconocimiento (by)»: Se licenciapermite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción, citándose eso sí, la autoría. Se excluye de esta autorización las imágenes cedidas por diversos artistas, a efectos de cuya utilización debe solicitarse permiso que se tramitará desde eperc@unileon.es; o contactando directamente con el autor mencionado en cada caso

International Business Law (International Trade Degree-ULE). Lesson 1. (1.1 to 1.3)2). Notes IBL

Lesson 1 INTERNATIONAL BUSINESS WITHIN THE FRAMEWORK OF INTERNATIONAL TRADE.

(trad B. Valle)/ updated 2024

INTERNATIONAL BUSINESS. LESSON 1: INTERNATIONAL BUSINESS WITHIN THE FRAMEWORK OF INTERNATIONAL TRADE.

Beaches in the Ebro reservoir. Arija

1. Introduction.

  • Law is the science that deals with facts, acts and relationships between different subjects in a particular manner: it analyzes them according to legal systems.
  • International Trade is a discipline related to International Transactions (business, contracts, etc) whose nature is economic in a wide sense (finances, exchange of goods, services, etc).
  • In this course we focus on the analysis of International Business Law from the perspective of Business Law: Derecho Mercantil/Business and Commercial Law ( Business and Commercial Law) ,  a branch of the Law that deals with 3 different matters: Commercial acts (such as contracts, commercial business negotiations, etc.); the organisation of entrepreneurs  (ie: companies, sole business persons, foundations involved in trade, etc. ) and market activity (unfair competition, free trade, monopolies, exchanges, etc). Thus, in ILB we focus on Business law with a cross-border connotation: commercial transactions (mainly contracts), markets (especially from the perspective of commerce) and the organisation of the entrepreneur (especially with regard to business companies).

 

  • Excluded from IBL are certain aspects of international trade such as tax and customs law, or the regime of cross-border workers. These will be dealt with in other subjects.

 

  • International business law (ILB) deals with the relationships between private entities with cross-border implications
    • IBLrules the relationships between its actors (people, companies, etc). Mostly, those relationships are carried out  in an organizaed way with «commercial acts» such as contracts, or by creating companies or other associations, or by establishing secure payment systems, etc. Some of the consecuences of IBL are «mere» ocurrences: they can be unplanned, and they are non-contractual (i.e: an accident when carrying goods in an import-export operation): IBL is also useful to deal with such non-contractual events.
    • Business and trades take place in markets, so they must be developed within the Laws of Free Competition, the Laws on Intellectual Property,  the Laws on Financial Stability, etc. IBL has a lot to say in this.
    • As IBL involves a  cross-border element that deeply affects international business relations, it is fundamental to identify the applicable legal system or systems to each International Business Law Operation. It is also very important to find out which National Court of Justice  is entrusted with conflict resolution on ILB litigation. As well as to know about out of Court conflic resolution mechanisms.

 

Fruits de mer

2. Subjects, object and territorial (cross-border) issues.

  • International Business actors are natural persons and legal persons: citizens, traders, entrepreneurs, companies, groups of companies. It is, therefore, important to identify their legal capacity, nationality, etc.
    • The main actors of International Business Law are: States, International Organizations, companies and other forms of legal persons, natural persons (sole entrepreneurs) (Lesson 2). Here we deal with States and Organizations as actos in IBL (please see Lesson 2 for other actors suchas companies and private entities)
a) States
  • The sovereign States are among the Institutional players in International Law.  They are involved in many aspects of International Trade and IBL, although here we focus on the estately role in passing Laws and Regulations, as well as in negotiationg International Treaties and Conventions (some of which create International Organizations) .
  • States have also justice-making powers through Courts of Justice and Judges.
  • Please note:
    • i.e.: In Spain, following Article 149-1, the State has exclusive competence over (…) : 3 International Relations. 6 Commercial Law. 9. Legislation on Intellectual Property. 10. Customs and tariff regime, foreign trade.
b) International Organisations (and arrangements of States):  
  • The Members of these  Organizations are mainly States,
  • Some of those Organizations can have legislative powers when those powers have been recognized to them by their founding member- States (ie: The European Union).
  • Other IO are competent to draft International Agreements and Treaties, but such drafts do not acquire legal mandatory status until they are ratified by the States. Ie: WIPO
  • Many IO are not legislators, but all of them publish Recommendations, Guides, Model Laws and other pieces of «soft law».
  • Some IO become members of other International Organisations, and/or signatoires of Treaties and Conventions (ie The EU can sign Treaties).
  • TRADE ORGANIZATIONS
    • Examples and classifications of REGIONAL ORGANIZATIONS FOR TRADE/COMMERCE
      • IO created through Bilateral (Tariff ) Agreements.
        • Examples: Common Wealth, Francophonie, etc
      • Multilateral/purilateral IIOO creating a Free Zone Area (no internal custom duties -tariffs).
        • Examples are: ASEAN (Association of Southeast Asian Nations); – TLCAN/ NAFTA (North American Free Trade Agreement) whose Members are Canada, EEUU, México – EFTA (European Free Trade Association) whose members are Switzerland, Norway, Liechtenstein, Island
      • Multilateral/plurilateral IIOO creating and Internal Market. They organise a free zone area and they also set common external tariffs. And, they can receive legislative powers from its Member States(ie: EU)
        • EU, EUROPEAN UNION. Regional supra-national Organization with legislative powers vested by its Member States
        • MERCOSUR (to a lesser degree)

GLOBAL TRADE ORGANIZATIONS

c) Private Sector Organizations with International Impact 

  • Private Sector Organisations are those whose  members are Private entities (ie: Companies, Consultants, etc). Some are very prestigious. So, their resolutions and documents are great influencers in International Business Law, mainly in the fields of Contracts and Dispute Resolution. They can never pass legislation but they draft Soft Law
    • Example of these Organisations:
        • ICC. International Chamber of Commerce. Founded in 1919 in Paris. It is a known centre of International Arbitration since 1923, it acts as a consultative body to UN since 1946.    ICC drafts Soft Law  in the form of Contractual Clauses  such as the «International Commercial Terms, INCOTERMS widely used in the International Trade of Goods. It is a world leader in international out of court dispute resolution (artibration)
        • International Standardization Office (ISO), ISO is an independent, non-governmental international organization with a membership of 167 national standards bodies. Through its members, it brings together experts to share knowledge and to develop voluntary, consensus-based, market relevant International Standards useful in industry througout the World.
        • International Financial Reporting Standards Foundation (IFRS) The IFRS Foundation is a not-for-profit, public interest organisation established to develop high-quality, understandable, enforceable and globally accepted accounting and sustainability disclosure standards. Those Standards are developed by IFRS’s  two standard-setting boards, the International Accounting Standards Board (IASB) and International Sustainability Standards Board (ISSB).
        • Some are , professional International Organizations, such as :

d) Hybrid Organizations (private sector and -public sector members)

  • Hybrid Organizations (private- public sector members)
    • International Organizations of Securities Commissions (IOSCO). The International Organization of Securities Commissions (IOSCO) is the international body that brings together the world’s securities regulators and is recognized as the global standard setter for the securities sector. This is a public sector organization that allows for private entities to become affiliated to it.
      • There are three categories of members:
        • IOSCO’s  the ordinary members (130) are the national securities commissions or similar governmental bodies with significant authority over securities or derivatives markets in their respective jurisdictions.
        • Associate members (34) are usually supranational governmental regulators, subnational governmental regulators, intergovernmental international organizations and other international standard-setting bodies, as well as other governmental bodies with an appropriate interest in securities regulation.
        • Affiliate members (69) are self-regulatory organizations, securities exchanges, financial market infrastructures, international bodies other than governmental organizations with interests in securities regulation, investor protection funds and compensation funds

Mariña lucense

1.3 // 1.4 Sources of the Law (and soft law) of IBL

(classroom notes) (thaught in Spanish)

 

 


(To complete with 1.3/ Sources of IBL in the classroom)