Valorización del conocimiento y pruebas de concepto a través de varias Recomendaciones de la UE

La valorización del conocimiento es un proceso mediante el cual se transforma el conocimiento generado en investigación en productos, servicios, soluciones y políticas que aporten valor social y económico a la sociedad.

Expo na Cidade da Cultura (Santiago, 2021)

Las Pruebas de Concepto (PoC) juegan un papel esencial en la innovación, ya que constituyen un instrumento práctico para verificar la viabilidad de la transformación del conocimiento en soluciones aplicables. Permiten testar la efectividad de un modelo, prototipo o herramienta en condiciones controladas, evaluando su utilidad, escalabilidad y adecuación a las necesidades del mercado o de la sociedad.

En el caso de start-ups universitarias, las PoC permiten identificar riesgos legales, regulatorios o tecnológicos y validar soluciones antes de su implementación definitiva. Esto es especialmente relevante en sectores altamente dinámicos, como la inteligencia artificial, la ciberseguridad o la digitalización de servicios, donde los marcos normativos evolucionan rápidamente. Una PoC proporciona evidencia tangible de la aplicabilidad de un marco de gobernanza o un prototipo tecnológico, facilitando la posterior adopción por parte de la start-up, su escalado y la transferencia de conocimiento al mercado. Además, contribuye a generar confianza entre inversores, colaboradores y usuarios, reforzando la sostenibilidad del proyecto.

La integración de PoC en las estrategias de valorización del conocimiento también permite un aprendizaje iterativo y multidisciplinar. La evaluación continua durante la PoC proporciona información crítica sobre la adecuación del modelo de compliance, la interoperabilidad de los sistemas y la efectividad de las medidas de gestión de riesgos. Este proceso de retroalimentación no solo mejora el prototipo o la herramienta evaluada, sino que también fortalece la capacidad institucional de la universidad y de las start-ups para innovar de manera segura y conforme al marco regulatorio vigente. La Recomendación del Consejo destaca que este tipo de experiencias piloto son instrumentos clave para maximizar el impacto social y económico de la investigación, asegurando que los resultados se traduzcan en soluciones concretas y replicables.

Se amplian estas ideas con apoyo en algunas Recomendaciones europeas

Según la Recomendación del Consejo (EU) 2022/2415, este proceso debe implicar la participación de diversos actores, incluyendo universidades, empresas, start-ups, entidades públicas y sociedad civil, y abarcar tanto disciplinas tecnológicas como ciencias sociales, humanidades y artes.

  • Subraya que la transferencia de conocimiento no se limita a la protección de la propiedad intelectual, sino que debe promover su explotación, reutilización y difusión de manera que genere impacto tangible en la sociedad y la economía. Asimismo, destaca la necesidad de fortalecer las estructuras de apoyo, las capacidades y los incentivos para la valorización del conocimiento. Esto incluye fomentar la movilidad entre universidad, empresa y sector público, promover competencias emprendedoras, pensamiento crítico y cultura de transferencia, así como desarrollar sistemas que permitan un aprendizaje entre pares entre regiones, países y actores diversos.
  • Establece principios orientadores para los Estados miembros y la Comisión Europea, que incluyen asegurar que las actividades de investigación y desarrollo financiadas públicamente contemplen un uso amplio de los resultados, maximicen el impacto para la sociedad y definan políticas y prácticas claras de creación de valor. También propone establecer métricas y sistemas de seguimiento y evaluación para las operaciones de valorización del conocimiento, promoviendo incentivos equitativos para investigadores y organizaciones implicadas. Estas medidas buscan garantizar que los resultados de investigación no queden confinados al ámbito académico, sino que se transfieran efectivamente al mercado y a la sociedad.
  • Por último, aunque la Recomendación no es vinculante, insta a los Estados miembros a promover políticas, procesos y prácticas que faciliten la aplicación práctica de la investigación. Asimismo, enfatiza que la valorización del conocimiento debe contribuir a los objetivos de desarrollo sostenible de la Unión Europea y al Pacto Verde Europeo, integrando los resultados científicos y tecnológicos en soluciones útiles para la sociedad y la economía.

Expo. Cidade da Cultura. Santiago de Compostela. 2021–

La Recomendación (UE) 2024/736 de la Comisión Europea establece un Código de buenas prácticas para la participación ciudadana en la valorización del conocimiento, subrayando que el involucramiento activo de los ciudadanos es esencial para acelerar la adopción de soluciones innovadoras y responder a desafíos sociales con equidad y transparencia. Esta participación no solo promueve la co-creación de ideas y tecnologías, sino también fortalece la legitimidad de los procesos de I+D+i al incluir perspectivas diversas de la sociedad. Al integrar estos principios en una PoC, se asegura que la transferencia del conocimiento no sea solo un proceso técnico-jurídico, sino también democráticamente construido.

  • La  Recomendación recomienda invertir en capacitación y desarrollo de competencias para que los investigadores y el personal institucional puedan diseñar y gestionar procesos participativos eficaces. Esto encaja directamente con la dimensión de “gobernanza algorítmica y compliance digital”: la PoC puede contemplar formación interna para los miembros del equipo y para las start-ups piloto, de modo que adquieran herramientas para comprometer a ciudadanos y otros stakeholders.
  • También enfatiza la importancia de incentivar y reconocer la contribución tanto de ciudadanos como de investigadores en los procesos de participación. La PoC proyectada podría incluir un mecanismo simbólico de reconocimiento para los usuarios que participen en los pilotos (informes, visibilidad, coautoría, feedback), reforzando el compromiso y maximizando el valor social generado.
  • Esta Recomendación sugiere, además, la utilización de plataformas digitales human‑centric para facilitar la participación ciudadana de forma inclusiva, lo cual se alinea con el diseño del prototipo mínimo viable: podría incorporar un módulo de feedback ciudadano o de validación social temprana, no solo desde la perspectiva técnica sino también desde la del interés público.
  • Finalmente, resalta que para valorar correctamente el impacto de la participación, es necesario contar con indicadores precisos (cuantitativos y cualitativos) que midan no solo la actividad, sino los resultados y la transformación social. En la PoC se podría definir este marco de evaluación desde el inicio, de forma que se documente cómo las contribuciones ciudadanas han influido en las decisiones de gobernanza, el cumplimiento normativo y la adopción del prototipo.

La Recomendación (UE) 2024/774 de la Comisión, adoptada el 1 de marzo de 2024, promueve un Código de buenas prácticas para fomentar la co-creación entre la industria y el mundo académico como vía clave para la valorización del conocimiento. Este instrumento insta a las instituciones tanto académicas como industriales a construir relaciones sistémicas basadas en intereses comunes, que trasciendan la mera transferencia tecnológica o investigación compartida, y apunten a producir valor conjunto mediante innovación, prototipado y explotación comercial o social.

  • En particular, la Recomendación destaca la importancia de que las organizaciones definan estrategias claras para la co-creación: esto incluye establecer misiones institucionales explícitas, crear equipos y estructuras dedicadas a impulsar la colaboración, y promover intercambios de personal entre empresas y universidades. También recomienda la elaboración de hojas de ruta conjuntas entre industria, academia y otras partes interesadas (autoridades públicas, clusters, start-ups) para identificar desafíos compartidos, alinear objetivos y planificar colaboración a medio y largo plazo.
  • Otro elemento central es la gestión de los activos intelectuales generados en estas colaboraciones. La Recomendación sugiere que, para cada resultado esperado, los socios definan reglas claras sobre propiedad, acceso, explotación o reutilización (“ownership and control”), y elaboren un plan de valorización que detalle los pasos para su explotación conjunta o individual, manteniendo el balance entre intereses públicos y privados. Además, recomienda utilizar mecanismos apropiados para acercar estos resultados al mercado, incluidos fondos de prototipado o mecanismos de co-investigación, así como facilitar la estandarización y la conexión con plataformas de innovación.
  • Para reforzar la co-creación, la Recomendación también propone invertir en infraestructuras conjuntas como hubs de innovación, espacios de testeo compartidos (“testbeds”), líneas piloto y laboratorios de experimentación (living labs), donde tanto académicos como empresas puedan trabajar de forma colaborativa y sustentable. Este tipo de espacios no solo facilita la innovación abierta, sino que también promueve la construcción de confianza, la transferencia de talento y una gestión eficiente de los riesgos.
  • Finalmente, la Recomendación subraya la necesidad de evaluar los impactos de estas colaboraciones mediante métricas conjuntas que combinen indicadores de negocio, sociales y de investigación. Se recomienda acordar criterios de valoración desde el inicio, incluyendo métricas cuantitativas (licencias, software, patentes…) y cualitativas (relaciones de confianza, intercambio de conocimiento, impacto social). Esta evaluación debe permitir una redistribución equitativa del valor generado y ayudar a identificar lecciones para mejorar futuras colaboraciones.

La Recomendación 2023/499 enfatiza que una gestión eficiente de los activos intelectuales es esencial para acelerar la adopción de soluciones innovadoras y para desarrollar nuevos productos, servicios y tecnologías con impacto social. Según la Comisión, esto es clave para afrontar retos como la transición digital y ecológica, y para mantener la autonomía estratégica de la Unión en materia de investigación e innovación.

  • No basta con considerar solo los derechos clásicos de propiedad intelectual (como patentes o derechos de autor); la Recomendación amplía la noción de “activo intelectual” a otros elementos como datos, conocimientos técnicos, prototipos, procesos o software. La idea es que estos activos intangibles se gestionen estratégicamente para crear valor, no solo protegidos, sino también aprovechados y reutilizados de forma sostenible.
  • Para ello, la Recomendación propone que las organizaciones de I+D establezcan estrategias claras para la gestión de estos activos: definir su misión, qué tipo de activos van a generar, cómo se van a usar, quién los va a controlar y cómo se distribuye el valor de esos activos. Esto incluye tener procesos sólidos de “due diligence” para esos activos, así como mecanismos de toma de decisiones transparentes y responsables para su gestión.
  • Además, la Comisión recomienda invertir en capacidades: formación para investigadores y gestores para que sepan cómo gestionar esos activos intelectuales, promover incentivos para que se impliquen en su gestión y que haya una participación consciente y estratégica por parte de las instituciones. También se pide que se garantice una distribución equitativa del valor generado: no solo con reparto de ingresos (por ejemplo, cánones), sino a través del reconocimiento profesional o académico.
  • Por último, la Recomendación urge a que las organizaciones utilicen indicadores de medición del impacto de la gestión de activos intelectuales con métricas claras y desplegables. Se recomienda usar indicadores tanto cualitativos como cuantitativos, que evalúen no solo los ingresos o licencias, sino también el valor social, organizativo o cultural generado por esos activos.

Abierto, DerMerUle en abierto. Juicio simulado ante alumn@s de enseñanzas medias

El Grupo de Innovación Docente de Derecho Mercantil de la Universidad de León (GID_DerMerUle) inicia un ciclo de actividades que, bajo el título genérico de Abierto, DerMerUle en abierto; acerca a los docentes universitarios  de la Ule a la sociedad leonesa; y a colegas distintos y distantes, a nuestras aulas.

Iremos dando noticia en este blog

En esta ocasión  se trató de aproximar la práctica forense a las aulas de enseñanzas medias, a jóvenes estudiantes en edad de decidir su futuro académico. Seguro que algun@s optarán por seguir una carrera jurídica en las aulas de la Universidad de León. Invitados por la Dirección del Instituto de Enseñanzas Medias Padre Isla, de la capital leonesa, varios profesores del GiD DerMerUle, liderados por su Coordinadora, la Profesora María Angustias Díaz Gómez, Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de León, desarrollaron una simulación de vista de juicio oral ante un salón de actos bien concurrido.

Los Profesores María Angustias Díaz Gómez, Carlos Miguelez y Elicio Díaz, en las imágenes, representando el día 10.11.2017 la simulación de juicio oral en los respectivos roles de fiscal, magistrado y abogado facilitan la comprensión del tratamiento jurídico del acoso escolar, mediante un trabajado caso puesto en práctica. Los propios estudiantes del IES anfitrión participaron como acusados, testigos….

Si bien la colaboración con el IES Padre Isla viene desarrollando hace varios años, en esta ocasión se ha querido dar un enfoque más Abierto representándose ante un público nutrido. La simulación de juicios desde el Gid DerMerUle es fruto de  nuestro interés porque los alumnos y las alumnas de enseñanzas medias conozcan de primera mano detalles prácticos del mundo jurídico al cual, algun@s se incorporarán en breve, y que no es ajeno a ningun@ en tanto que ciudadanas y ciudadanos.

Además, el GiD DerMerUle  con esta acción concreta responde a las preocupaciones que se formulan desde los órganos directivos y académicos del I.E.S. Padre Isla, contribuyendo a una mejor concienciación por parte de l@s jóvenes de los retos societales a los que se enfrentan, ahora como adolescentes, y muy pronto como jóvenes adult@s. En esta ocasión, la cuestión de acoso escolar ocupó una primerísima línea, desarrollada en la vista

 

Acercar la práctica del derecho a los adolescentes constituye una de las acciones de responsabilidad social  del GiD, en nuestro intento por favorecer que el entendimiento de los valores de justicia, responsabilidad, civismo y respeto no se limite a nuestra labor docente e investigadora en las facultades.

 

Mercado Único Digital. Industria europea

Llamamos la atención sobre una serie de documentos de la Comisión Europea que acaban de ver la luz -que están relacionados entre ellos- y que configuran la base de la estrategia europea de fomento de la economía industrial- digital, aprovechando los avances en tecnologías como la Internet de las Cosas (IoT), el 5G, la informática en la nube, el análisis de datos y la robótica

  • Por un lado la Comunicación Digitalización de la industria europea Aprovechar todas las ventajas de un mercado único digitalque subraya las líneas generales de una nueva revolución industrial que estamos viviendo, a impulso de las tecnologías digitales  que están cambiando la forma de diseñar, producir, comercializar y generar valor a partir de productos y servicios. Esta Comunicación se enmarca en el proceso cuyo inicio podemos fijar en 2012 con la Iniciativa Europea de Computación en la Nube. que presentó el plan para la creación de una infraestructura en nube y de datos de categoría mundial para la ciencia y la ingeniería, y que proporcionará un entorno virtual con servicios abiertos  para el almacenamiento, la gestión, el análisis y la reutilización de los datos de la investigación  (la «Nube Europea de la Ciencia Abierta»).
  • La Comunicación  «Digitalización de la Industria«, va acompañada de otras  comunicaciones y documentos de trabajo de los servicios de la Comisión como los relativos a informática de alto rendimiento y tecnologías cuánticas.
  • La Comunicación sobre las prioridades para la normalización de las TIC que identifica las normas básicas sobre TIC y presenta medidas para acelerar su desarrollo a fin de apoyar la innovación digital en la economía.
  • El Plan de Acción sobre Administración Electrónica para la transformación digital de los servicios públicos con soluciones en línea, transfronterizas, etc.
  • El documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre la Internet de las Cosas pone de relieve los retos y oportunidades asociados a la IoT en Europa.

Post Scriptum Por su relación destacamos también la entrada del Prof F de la Vega en blog Competencia y Derecho «Aprovechar las oportunidades del mercado único digital» como política de competencia de la Comisión Europea (Informe junio 2016)

PYME Innovadora. Sello y Registro administrativo

 Publicada el 11 junio 2015  la  Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, por la que se regula la obtención del sello de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora y se crea y regula el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora delMinisterio de Economía y Competitividad

Destacamos algunas ideas extraidas del prólogo de la Orden:

  • La orden regula  el sello de PYMES innovadoras y crea un registro gratuito en el Ministerio de Economía y Competitividad
  • El funcionamiento de este registro, con base en lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y su normativa de desarrollo, deberá hacerse íntegramente mediante medios telemáticos, a fin de agilizar las relaciones con la Administración Pública.
  • Se recuerda que según la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, entre los los problemas de nuestro sistema de Ciencia, Tecnología y Empresa están:
    • el reducido número de empresas innovadoras, especialmente pequeñas y medianas empresas;
    • el limitado peso de los sectores de media/alta tecnología;
    • la ineficiencia de los instrumentos de transferencia y gestión del conocimiento y las bajas capacidades de absorción de las PYMES.
    • La citada Estrategia destaca que es necesario avanzar en el desarrollo de nuevas medidas de contratación pública innovadora asociada a las actividades de I+D+i . La Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, abunda en la importancia de facilitar a las pymes innovadoras el acceso a contratos con las administraciones públicas
  • La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, ya preconizbilbo_stationaba en su preámbulo que la economía española debe avanzar hacia un modelo productivo en el que la innovación sea sistémica…. El  Real Decreto 475/2014  sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, ha regulado en su artículo 6 la definición de PYME innovadora, los criterios para poder considerar a una PYME como intensiva en I+D+i, la creación de un sello de PYME innovadora y la gestión por parte del Ministerio de Economía y Competitividad de un Registro de PYMES innovadoras.
  • El  artículo 6 del Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, remite, a su vez, a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea de 6 de mayo sobre la definición de la Pequeña y Mediana Empresa para aclarar qué debe entenderse por PYME y, antes que ello, por empresa. En el artículo 1 de la misma, se aclara que «se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica». ….
  • La Ley 14/2013 (, de apoyo a emprendedores y su internacionalización) recoge ayudas a la I+D para empresas con pocos beneficios o en pérdidas. En el marco tributario actual sólo se pueden beneficiar de la deducción por I+D las empresas que presenten un determinado nivel de beneficios, solicitando a Hacienda una compensación por las cantidades que les hubiera correspondido deducirse por sus inversiones en I+D. El único límite es que esa devolución no podrá superar los 3 milones de euros.

Relacionado con la pequeña empresa innovadora, aunque en el plano del derecho comparado, ver también  Reg.31 de la  Public Contracts Regulations 2015 (PCR2015)  que regula  en Reino Unido las innovation partnership trasponiendo el Art 31 de Directiva 2014/24.

Consultar también, como medidas de fomento:  Orden IET/1203/2015, de 16 de junio, por la que se convocan subvenciones para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras correspondientes a 2015.