Entra en vigor el Acuerdo sobre Facilitaci贸n del Comercio de la OMC

Entrada en vigor del Acuerdo sobre Facilitaci贸n del Comercio de la Organizaci贸n Mundial del Comercio (OMC)

El 22 de febrero de 2017, entr贸 en vigor el primer acuerdo multilateral que ha fructificado en los 21 a帽os de existencia de la OMC, el denominado Acuerdo sobre Facilitaci贸n del Comercio (AFC), al alcanzarse -con las cuatro nuevas ratificaciones de Rwanda, Om谩n, el Chad y Jordania-, la aceptaci贸n del AFC por dos tercios de los 164 Miembros de la OMC, m铆nimo requerido para su entrada en vigor. Entre los聽 Miembros que lo han aceptado figura naturalmente la Uni贸n Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros)

 

Monasterio de San Miguel de Escalada (Le贸n). By M.A. D铆az

Las negociaciones de los Miembros de la OMC relativas al Acuerdo sobre Facilitaci贸n del Comercio (AFC), concluyeron en la聽Conferencia Ministerial de Bali de 2013.

Se trata de un Acuerdo de extraordinaria importancia para el comercio mundial, al recoger disposiciones encaminadas a agilizar el movimiento, y circulaci贸n de las mercanc铆as, incluidas las que est谩n en tr谩nsito. Recoge asimismo medidas para la cooperaci贸n efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes dirigidas a la facilitaci贸n del comercio y el cumplimiento de procedimientos aduaneros, as铆 como disposiciones sobre asistencia t茅cnica y creaci贸n de capacidad en los pa铆ses m谩s pobres. Se prev茅, adem谩s, la asistencia t茅cnica a dichos聽 pa铆ses para la aplicaci贸n del Acuerdo.

Con el AFC se trata de simplificar los requisitos de documentaci贸n, modernizando los procedimientos y armonizando los requisitos aduaneros, de manera que se logre la reducci贸n de costos y tiempo para exportar e importar mercanc铆as. Se calcula, a este respecto que con su aplicaci贸n se podr铆a reducir los costos del comercio un 14,3%, en promedio, e impulsar el comercio mundial en 1 bill贸n de d贸lares anuales, resultando m谩s beneficiados los pa铆ses en desarrollo.

Digna de menci贸n es, adem谩s, la caracter铆stica del AFC, de permitir a los pa铆ses en desarrollo y pa铆ses menos adelantados que fijen sus propios calendarios para la aplicaci贸n del Acuerdo, en funci贸n de su capacidad para ponerlo en pr谩ctica. A este fin, a instancias de los pa铆ses en desarrollo y pa铆ses menos adelantados se aprob贸 un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitaci贸n del Comercio encaminado a que estos pa铆ses reciban la ayuda necesaria para conseguir la completa aplicaci贸n del Acuerdo por parte de todos los Miembros. Mientras los pa铆ses desarrollados se han comprometido a aplicarlo inmediatamente, los pa铆ses en desarrollo, s贸lo aplicar谩n de momento determinadas disposiciones debiendo especificar cu谩ndo se aplicar谩n y qu茅 apoyo precisan para aplicar las dem谩s. M谩s informaci贸n sobre el AFC 聽aqu铆.