Comunicaci贸n de ESMA聽 sobre la obligaci贸n de compensaci贸n centralizada de inversiones de los planes de pensiones (relativa a inversiones en derivados)
El Reglamento (UE) n.o聽648/2012 , EMIR, establece requisitos en materia de compensaci贸n y de gesti贸n bilateral del riesgo para los contratos de derivados extraburs谩tiles (芦OTC禄), as铆 como requisitos de informaci贸n para estos contratos.聽Con arreglo al art铆culo 2, punto 7, del Reglamento (UE) n.o 648/2012, se entiende por derivados OTC聽los contratos de derivados cuya ejecuci贸n no tiene lugar en un mercado regulado,聽(definido a su vez en el Art. 4 apartado 1, punto 14, de la Directiva 2004/39/CE)聽 o en un mercado de un tercer pa铆s que se considere equivalente (Art. 2 bis del Reglamento (UE) n.o 648/2012).
EMIR impuso la compensaci贸n centralizada para derivados, reduciendo el volumen de los contratos de derivados intercambiados bilateralmente sin compensaci贸n. Pero adem谩s introdujo ciertas exenciones a la obligaci贸n de compensar estos contratos, y entre ellas la exenci贸n temporal relativa a los paquetes de inversi贸n de los planes de pensiones. El motivo aducido para formular esta exenci贸n era que las dificultades t茅cnicas hac铆an preciso tiempo adicional de an谩lisis de soluciones viables. Entre los problemas m谩s complejos para una compensaci贸n estandarizada de estos productos se encuentra el de la trasferencia de activos de garant铆a distintos del efectivo que deben desarrollar las Entidades de Contrapartida Central.
En el marco de EMIR se reconocieron dos exenciones a la compensaci贸n de estos productos, las cuales finalizaban su plazo de vigencia el 17 de agosto de 2018, sin que sea posible prorrogarlas.
Ante estas circunstancias, la ESMA realiz贸 un comunicado de 3.07.2018聽 (y aqu铆)聽recordando que las reformas que est谩n prepar谩ndose en el marco del paquete normativo REFIT ampliar谩n la exenci贸n porque, hasta el momento, no se han encontrado soluciones t茅cnicas viables para la compensaci贸n de derivados OTC en este tipo de productos de planes de pensiones. Y, en esa l铆nea ESMA insta a las autoridades nacionales competentes paral a supervisi贸n de planes de pensiones, a adoptar lo que se ha dado en llamar una l铆nea de supervisi贸n 芦prudente禄. Lo que trasluce el documento del que se da noticia es que , a falta de viabilidad para una compensaci贸n generalizada de los derivados en los que invierten los planes de pensiones, no ser铆a razonable sancionar a aquellos que incumplan las exigencias de EMIR -una vez expiradas las exenciones-, que est谩n siendo objeto de borradores de modificaci贸n.
驴Supone todo ello que desde el propio supervisor europeo se insta a la laxitud controlada, en el ejercicio supervisorio y sancionador nacional?
Sobre esta cuesti贸n y relacionadas, en este mismo blog:
- EMIR y exenciones de compensaci贸n centralizada
- Exenci贸n de compensaci贸n en ECC. Fondos de Pensiones. CNMV
- Derivados OTC ante el BREXIT. La UE facilita la novaci贸n de contratos a la UE no brit谩nica mediante la suspensi贸n de los requisitos de margen bilateral
- Fondos de pensiones que incluyen derivados. Excepcionalidad y exenciones
- ESMA clarifica el concepto de derivados OTC en relaci贸n con el Reglamento europeo de infraestructuras de mercados, EMIR
Redactado con el apoyo del Proyecto de Investigaci贸n 芦Libertad de Mercado y sobreendeudamiento de consumidores: estrategias jur铆dico-econ贸micas para garantizar una segunda oportunidad禄 (N煤m. Ref. DER2016-80568-R). Ministerio de Econom铆a y Competitividad (Espa帽a) del que la autora forma parte como investigadora.