Contratos mercantiles, interpretaci贸n, buena fe, relatividad. Apunte.

Spread the love

Unas notas de apoyo para clase.

La interpretaci贸n de los contratos mercantiles 聽se rige por lo dispuesto en el Cco y leyes mercantiles especiales, y en su defecto por lo dispuesto en derecho com煤n. Art 50 Cco.-聽Los contratos mercantiles, en todo lo relativo a sus requisitos, modificaciones, excepciones, interpretaci贸n y extinci贸n y a la capacidad de los contratantes, se regir谩n en todo lo que no se halle expresamente establecido en este C贸digo o en Leyes especiales, por las reglas generales del Derecho com煤n. (ver tambi茅n aqu铆)

  • en materia mercantil se evitan las interpretaciones que 聽conduzcan a resultados contrarios a las exigencias del tr谩fico; Art 57 Cco聽Los contratos de comercio se ejecutar谩n y cumplir谩n de buena fe, seg煤n los t茅rminos en que fueren hechos y redactados, sin tergiversar con interpretaciones arbitrarias el sentido recto, propio y usual de las palabras dichas o escritas, ni restringir los efectos que naturalmente se deriven del modo con que los contratantes hubieren explicado su voluntad y contra铆do sus obligaciones.

 

  • jari2015Buena fe contractual (infracci贸n)
    • STS 3627/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3627 la infracci贸n del principio de buena fe contractual ( art铆culo 1258 del C贸digo Civil ) no s贸lo queda circunscrita a un comportamiento estrictamente doloso ( actio doli), ….sino que, adem谩s, dicha infracci贸n del principio de buena fe tambi茅n resulta comprensiva de todas aquellas conductas que aun sin contar con el referido animus nocendi o intenci贸n de perjudicar, no obstante, vulneren los deberes de conducta diligente, no abusiva y razonable que cabe exigir a las partes en relaci贸n a la determinaci贸n y ejecuci贸n de sus respectivas obligaciones, deberes impl铆citos que acompa帽an a todo ejercicio de una facultad o derecho
  • si en la interpretaci贸n de los contratos se originasen dudas que no puedan resolverse aplicando las normas interpretativas legales o de los usos de comercio, si los hubiere, se deber谩 decidir la cuesti贸n a favor del deudor; Art 59:聽Si se originaren dudas que no puedan resolverse con arreglo a lo establecido en el art铆culo 2.潞 de este C贸digo, se dictar谩 la cuesti贸n a favor del deudor.聽 Si en el contrato hubiera intervenido agente o corredor, se estar谩 a lo que conste en sus libros. Art 58 Cco聽Si apareciere divergencia entre los ejemplares de un contrato que presenten los contratantes, y en su celebraci贸n hubiere intervenido Agente o Corredor, se estar谩 a lo que resulte de los libros de 茅stos, siempre que se encuentren arreglados a derecho.
  • han de tenerse tambi茅n en cuenta las normas que sobre la interpretaci贸n de los contratos sometidos a condiciones generales establece la Ley de Condiciones Generales, (ver Blog Prof Cazorla; y II)聽

En cuanto a la aplicaci贸n del derecho com煤n se recogen algunas pautas de aplicaci贸n de los criterios de interpretaci贸n de contratos, a partir de jurisprudencia reciente, y a modo 聽en ning煤n caso exhaustivo:

  • STS 3638/2016. Sala Civil (citando las SSTS聽294/2012, de 18 mayo , y 27/2015 de 29 de enero ):
    • El principio rector de la labor de interpretaci贸n del contrato es la averiguaci贸n o b煤squeda de la voluntad real o efectivamente querida por las partes.
      • Esta b煤squeda de la intenci贸n com煤n de las partes se proyecta, necesariamente, sobre la totalidad del contrato celebrado, considerado como una unidad l贸gica y no como una mera suma de cl谩usulas, de ah铆 que la INTERPRETACI脫N SISTEM脕TICA (1285 CC) constituya un presupuesto l贸gico-jur铆dico de esta labor de interpretaci贸n.
      • El SENTIDO LITERAL, como criterio hermen茅utico, es el presupuesto inicial, en cuanto que constituye el punto de partida desde el que se atribuye sentido a las declaraciones realizadas, se indaga la concreta intenci贸n de los contratantes y se ajusta o delimita el prop贸sito negocial proyectado en el contrato. Cuando los t茅rminos son claros y no dejan duda alguna sobre la intenci贸n de los contratantes, la interpretaci贸n literal no s贸lo es el punto de partida sino tambi茅n el de llegada del fen贸meno interpretativo, e impide que, con el pretexto de la labor interpretativa, se pueda modificar una declaraci贸n que realmente resulta clara y precisa. A ello responde la regla de interpretaci贸n contenida en el p谩rrafo primero del art. 1281 CC (芦si los t茅rminos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intenci贸n de los contratantes, se estar谩 al sentido literal de sus cl谩usulas 芦)
      • Pero, en sentido contrario, la interpretaci贸n literal tambi茅n contribuye a mostrar que el contrato por su falta de claridad, por la existencia de contradicciones o vac铆os, o por la propia conducta de los contratantes, contiene disposiciones interpretables, de suerte que la labor de interpretaci贸n debe seguir su curso, con los CRITERIOS HERMEN脡UTICOS DE DERECHO CIVIL O COM脷N ( 1282 – 1289 CC)
        • 1282 Cci.-聽Para juzgar de la intenci贸n de los contratantes, deber谩 atenderse principalmente a los actos de 茅stos, coet谩neos y posteriores al contrato.
        • 1283 Cci.-聽Cualquiera que sea la generalidad de los t茅rminos de un contrato, no deber谩n entenderse comprendidos en 茅l cosas distintas y casos diferentes de aquellos sobre que los interesados se propusieron contratar.
        • 1284 Cci.-聽Si alguna cl谩usula de los contratos admitiere diversos sentidos, deber谩 entenderse en el m谩s adecuado para que produzca efecto
        • 1285 Cci.-聽Las cl谩usulas de los contratos deber谩n interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.
        • 1286 Cci.-聽Las palabras que puedan tener distintas acepciones ser谩n entendidas en aquella que sea m谩s conforme a la naturaleza y objeto del contrato.
        • 1287 Cci.-聽El uso o la costumbre del pa铆s se tendr谩n en cuenta para interpretar las ambig眉edades de los contratos, supliendo en 茅stos la omisi贸n de cl谩usulas que de ordinario suelen establecerse.
        • 1288 Cci.-聽La interpretaci贸n de las cl谩usulas oscuras de un contrato no deber谩 favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad.
        • 1289 Cci.-聽Cuando absolutamente fuere imposible resolver las dudas por las reglas establecidas en los art铆culos precedentes, si aqu茅llas recaen sobre circunstancias accidentales del contrato, y 茅ste fuere gratuito, se resolver谩n en favor de la menor transmisi贸n de derechos e intereses. Si el contrato fuere oneroso, la duda se resolver谩 en favor de la mayor reciprocidad de intereses.聽Si las dudas de cuya resoluci贸n se trata en este art铆culo recayesen sobre el objeto principal del contrato, de suerte que no pueda venirse en conocimiento de cu谩l fue la intenci贸n o voluntad de los contratantes, el contrato ser谩 nulo.
  • Relatividad de los Contratos.
    • Art 1257 Cci.-聽Los contratos s贸lo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos; salvo, en cuanto a 茅stos, en el caso en que los derechos y obligaciones que proceden del contrato no sean transmisibles, o por su naturaleza, o por pacto, o por disposici贸n de la ley.聽Si el contrato contuviere alguna estipulaci贸n en favor de un tercero, 茅ste podr谩 exigir su cumplimiento, siempre que hubiese hecho saber su aceptaci贸n al obligado antes de que haya sido aqu茅lla revocada

Post scriptum: