Llamamos la atenci贸n sobre la聽Directiva (UE) 2016/2341 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a las actividades y la supervisi贸n de los fondos de pensiones de empleo (FPE) .聽Los FPE son instituciones con orientaci贸n social, en tanto que son responsables del pago de las prestaciones de las pensiones de empleo, pero adem谩s, son servicios financieros. Deben
聽cumplir requisitos prudenciales y someterse a supervisi贸n que reconozca sus especialidades y 聽la relaci贸n especial que existe entre empleados, empleadores y los propios FPE
Las pensiones gestionadas desde los FPE han de cumplir los requisitos de la聽Directiva 2003/41/CE, 聽primer paso legislativo en el camino hacia un mercado interior de la previsi贸n ocupacional para la jubilaci贸n organizada en la UE.聽Esa Directiva se modifica ahora ahora para introducir inter alia un sistema de gobernanza moderno basado en la necesidad de control de riesgos para los FPE, su regulaci贸n y supervisi贸n armonizadas a escala europea
Entre los contenidos de la Directiva destacan:
- Pol铆tica y deberes de informaci贸n a los part铆cipes, incluyendo la 芦declaraci贸n de prestaciones de pensi贸n禄
- Separaci贸n jur铆dica de la empresa promotora y del FPE (Art 8) con (inter alia) provisiones para el caso de quiebra de una empresa promotora
- Provisiones en cuanto al gobierno corporativo de los FPE
- Pol铆ticas organizativas y de retribuci贸n de los gestores y directivos de FPE
- Gesti贸n de riesgos (aportando la Directiva una orientaci贸n m铆nima – Art 25- que ser谩 completada por los Estados)
- Gesti贸n de inversiones transfronterizas
- Supervisi贸n prudencial 聽y colaboraci贸n entre los Estados Miembros