El 3 de julio entró en vigor el nuevo marco normativo europeo sobre abuso de mercado (el Reglamento de Abuso de Mercado: Reglamento UE nº 596/2014 de 16 de abril de 2014, MAR, Directiva: Directiva 2014/57/UE, de 16 de abril de 2014, MAD, y normas de desarrollo) . Tienen como objetivo reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de supervisión homogénea en los Estados miembros de la Unión Europea.
- Señalábamos aqui y aquí, aquí et alt parcialmente algunas normas delegadas y de ejecución , sistemática mejorada ahora por la CNMV con su actualización sobre el cambio de marco normativo CNMV
- También en la web Europa en relación con el paquete de Abuso de Mercado
El Blog del Prof. Sánchez- Calero recordaba la entrada en vigor, así como el comunicado de CNMV relativo a la aplicabilidad de las normas vigentes en España hasta ahora (art. 125 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre y Circular 8/2015 de la CNMV, de 22 de diciembre) y la obligación de los administradores y directivos de comunicar las operaciones que realicen el en mercado (se reduce el plazo de notificación a 3 días)