Secreto industrial. UE’2016 y doctrina espa帽ola pionera.

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Damos noticia de una reciente norma armonizadora, en una materia tan poco tratada como el Secreto Industrial, en la que contamos en Espa帽a con doctrina pionera y uno de los grandes expertos europeos.

Las diferencias entre Estados miembros en 聽la protecci贸n jur铆dica de los secretos comerciales implica la聽fragmentaci贸n del mercado interior en este 谩mbito聽y聽 reduce los incentivos para que las empresas emprendan actividades econ贸micas transfronterizas asociadas a la innovaci贸n. Genera ineficiencias asociadas a la innovaci贸n聽en la UE. Con este marco general, 聽acaba de publicarse la聽Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protecci贸n de los conocimientos t茅cnicos y la informaci贸n empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtenci贸n, utilizaci贸n y revelaci贸n il铆citas.La fecha de transposici贸n a los ordenamientos nacionales se fija el 9.06.2018.

catedral17092010[1]

  • Establece normas en materia de protecci贸n frente a la obtenci贸n, utilizaci贸n y revelaci贸n il铆citas de secretos comerciales. Y, de conformidad con lo dispuesto en el TFUE, en una t茅cnica de armonizaci贸n de m铆nimos, los Estados miembros podr谩n disponer una protecci贸n m谩s amplia, siempre que se respeten los m铆nimos prescritos por la Directiva.
  • Ha realizado el legislador europeo un esfuerzo armonizador que incluye la misma definici贸n de 芦secreto industrial禄, comprensiva de聽conocimientos t茅cnicos, informaci贸n empresarial e informaci贸n tecnol贸gica.La protecci贸n exige la existencia de un inter茅s leg铆timo por mantener los datos-informaciones confidenciales y una expectativa leg铆tima de que se preserve dicha confidencialidad,聽聽valor comercial (real o potencial). Excluye de la definici贸n la informaci贸n de escasa importancia, as铆 como la experiencia y las competencias adquiridas por los trabajadores durante el normal transcurso de su carrera profesional y la informaci贸n que es de conocimiento general o f谩cilmente accesible en los c铆rculos en que normalmente se utilice el tipo de informaci贸n en cuesti贸n.

La Directiva sobre Secreto Industrial, merecer谩 聽a una materia poco tratada en nuestra doctrina, si bien cuenta con maestros avezados que de modo pionero ya profundizaron en ella聽adelant谩ndose como pocos pueden cualitativamente hacer. Aunque evidente, me refiero a al trabajo del Prof Dr D hc, y miembro聽inter alia de la Comisi贸n General de Codificaci贸n.聽G脫MEZ SEGADE, JOS脡 ANTONIO: El secreto industrial. Concepto y protecci贸n. Editorial Tecnos. Madrid, 1974.

Post scriptum: Leemos la nota del Profesor Luis Cazorla abriendo comentarios a esta Directiva y subrayando su instrumentalidad para la protecci贸n del conocimiento no patentable, m谩s all谩 de las normas de competencia desleal, o de arreglos contractuales.