En virtud de la 聽Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) debe聽desarrollar y gestionar 聽el Punto de Acceso Electr贸nico Europeo (PAEE) un portal de internet accesible a trav茅s del sitio web de la AEVM facilitando聽el acceso a la informaci贸n regulada que almacenen los mecanismos designados oficialmente, evitando la duplicaci贸n del almacenamiento de datos y minimizando los riesgos para la seguridad del intercambio de informaci贸n.聽Se permitir谩 as铆 a聽聽los usuarios finales efectuar b煤squedas en la informaci贸n regulada que almacenen los mecanismos designados oficialmente.
- El buen funcionamiento del PAEE y su conexi贸n con los mecanismos designados oficialmente dependen de la seguridad, la eficacia, la eficiencia y la adaptabilidad de las tecnolog铆as de comunicaci贸n utilizadas.
- El PAEE y los mecanismos designados oficialmente utilizar谩n聽el Protocolo Seguro de Transferencia de Hipertexto para conectarse entre s铆.
- Se busca adem谩s promover tecnolog铆as de comunicaci贸n alternativas en el futuro, por lo que la AEVM, con arreglo a criterios t茅cnicos objetivos, podr谩 聽indicar cu谩les son las tecnolog铆as de comunicaci贸n alternativas que deber谩n utilizar el PAEE y los mecanismos designados oficialmente.
- Cada mecanismo designado oficialmente debe utilizar un identificador 煤nico para cada emisor de valores admitidos a negociaci贸n en un mercado regulado. Y tales identificadores deben ser aceptados internacionalmente
- Los mecanismos designados oficialmente deben utilizar los identificadores de entidad jur铆dica como identificadores 煤nicos para los emisores de valores admitidos a negociaci贸n en un mercado regulado
- El Art 9 del Reglamento delegado facilita el listado de informaci贸n regulada. Sin 谩nimo de exhausitividad, 茅ste聽incluye:
- informaci贸n sobre informes de auditor铆a,
- pagos a administraciones p煤blicas,
- informaci贸n privilegiada o sobre derechos de voto o sobre titularidad de valores de obligada notificaci贸n
- El Art 2 del Reglamento impone la copia de seguridad diaria, as铆 como la accesibilidad al PAEE al menos el 95% del tiempo de cada mes
El Reglamento entr贸 en vigor con su publicaci贸n, a excepci贸n del Art 9 y el 7 cuya vigencia se retrasa hasta 01.01.2017. Dada las materias contempladas en ellos (identificador 煤nico de los mecanismos designados oficialmente, y listado/clasificaci贸n de la informaci贸n regulada, habr谩 que estar atentos por si se produce alguna modificaci贸n