Responsabilidad patrimonial de la sociedad de gananciales del empresario casado, tras la reforma de la Ley Concursal. Aproximaci贸n-apunte

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A prop贸sito del r茅gimen de responsabilidad patrimonial del empresario casado

La Disposici贸n Derogatoria de la reforma de la Ley Concursal acaba de derogar los art铆culos 6 a聽12 del C贸digo de Comercio. Entra en vigor el 26 de septiembre de 2022, y afecta al r茅gimen de responsabilidad patrimonial del empresario. Nos fijamos aqu铆 en la repercusi贸n de esta reforma sobre el r茅gimen de afecci贸n a esa responsabilidad patrimonial de los bienes gananciales cuando el empresario est茅 casado bajo el r茅gimen de sociedad de gananciales..

  • Conforme a nuestro C贸digo civil, corre a cargo de la sociedad de gananciales la聽explotaci贸n regular de los negocios o el desempe帽o de la profesi贸n, arte u oficio de cada c贸nyuge.聽 (art. 1362.4陋 Cci) . Y, es que,…, mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los c贸nyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les ser谩n atribuidos por mitad al disolverse aquella (art. 1344 Cci).聽聽
  • Con todo, no conviene olvidar la dicci贸n literal del art铆culo 1367 Cci: los bienes gananciales responder谩n en todo caso de las obligaciones contra铆das por los dos c贸nyuges conjuntamente o por uno de ellos con el consentimiento expreso del otro. (art. 1367 Cci).
  • Por lo que respecta a las obligaciones y responsabilidades extracontractuales, el art铆culo 1366 Cci indica que las obligaciones extracontractuales de un c贸nyuge, consecuencia de su actuaci贸n en beneficio de la sociedad conyugal o en el 谩mbito de la administraci贸n de los bienes, ser谩n de la responsabilidad y cargo de aqu茅lla, salvo si fuesen debidas a dolo o culpa grave del c贸nyuge deudor. (art. 1366 Cci),
  • En cuanto a las deudas de un c贸nyuge que sean, adem谩s, deudas de la sociedad responder谩n tambi茅n solidariamente los bienes de 茅sta. (art. 1369Cci)
Walking in the North- Source of the River Nervi贸n

Fuente del Nervi贸n

Como es sabido, el C贸digo de Comercio, establec铆a normas especiales de responsabilidad patrimonial y afecci贸n de los bienes gananciales.

Nuestro C贸digo de Comercio (C de c) permit铆a, hasta ahora, que la afecci贸n o responsabilidad patrimonial a cargo de la sociedad de gananciales se limitase a los bienes gananciales obtenidos por el ejercicio de la actividad de empresa. Y articulaba esa posibilidad a trav茅s de un conjunto consentimientos y revocaciones –t谩citos y expresos- a cargo del c贸nyuge no empresario (estas reglas especiales se contemplaban en los art铆culos. 6 a 12 C de c, que ahora quedan derogados) . Las consecuencias de aquellos consentimientos y revocaciones ven铆a operando sin聽 perjuicio de los pactos, que en su caso concluyesen los c贸nyuges a trav茅s de capitulaciones matrimoniales, oponibles a terceros cuando, adem谩s de su tramitaci贸n civil, se inscribiesen en el Registro Mercantil.

Los art铆culos 6 a 12 del C贸digo de Comercio han sido derogados por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposici贸n de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuraci贸n preventiva, exoneraci贸n de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuraci贸n, insolvencia y exoneraci贸n de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuraci贸n e insolvencia)

N贸tese que por el momento, permanecen en vigor una serie de preceptos que remiten a los ahora derogados y聽 que son especialmente relevantes en lo relativo a las inscripciones que deben constar en la hoja abierta a cada empresario individual. Son, destacadamente el art铆culo 22. 1 C de c.;聽 as铆 como los art铆culos 87.6 y 88.3 del Real Decreto 1784/1996 (Reglamento del Registro Mercantil)聽(continuar谩)