La reforma de la LSC mediante la Ley 31/2014 introdujo, inter alia, modificaciones en las relaciones entre los órganos de la sociedad de capital, modificando la redacción de los artículos 160 y 511 bis de la LSC y ampliando competencias de la Junta General. En tal contexto, se recomiendan los siguientes enlaces como lectura de actualidad, a efectos de las prácticas de sociedades de capital.
- F Marín de la Bárcena. Nuevas competencias expresas de la JG de las Sociedades de Capital
- C Guerrero. Adquisición, enajenación activos esenciales
- JM Embid Irujo. Los activos esenciales en la dinámica societaria
- J Alfaro Águila-Real , en varias entradas. aquí, aquí
- G Sánchez del Cura, aquí
- P Portellano Díez aquí
- L Cazorla aquí
- L Fernández del Pozo aquí
- J Sánchez-Calero Guilarte. Aquí y aquí
- El Blog del Notario
Con posterioridad a la inicial publicación de este post iremos añadiendo referencias:
Post Scriptum: Relacionado. Segregación v aportación de rama. Luis Cazorla