La Comisión Europea lleva a España ante el TJUE por no aplicar las normas prudenciales de la UE para los bancos y las empresas de inversión

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Así lo pone de relieve la Comisión en su comunicado de prensa de 19 de julio de 2018 (aquí).

Money.. By M A Díaz

El motivo por el cual la Comisión ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE es el de no haber incorporado plenamente la Directiva sobre requisitos de capital (Directiva 2013/36/UE, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE).

 

Advierte la Comisión que, hasta el momento, España “no ha aplicado plenamente estas normas de la UE y todavía faltan algunas disposiciones en el ordenamiento jurídico nacional”. Fundamentalmente, se trata de normas referidas a estos extremos: determinadas competencias y facultades de las autoridades nacionales competentes respecto a las empresas de inversión; e imposición de sanciones administrativas u otras medidas aplicables a las entidades declaradas responsables de una infracción grave en la lucha contra el blanqueo de capitales. Entre las disposiciones que -según la Comisión- todavía faltan, se encuentran los mecanismos de denuncia por incumplimiento de los requisitos de capital, normas sobre la integridad y la independencia de los miembros del órgano de dirección y la obligación de las autoridades competentes españolas de ponerse en contacto con el supervisor consolidado para obtener la información, situación que hace más difícil la cooperación en materia de supervisión. Por último, señala la Comisión que las normas de gobernanza empresarial son más débiles en España, al no haber transpuesto la obligación de contar con órganos de dirección diversos y cualificados de las entidades.

No ha de perderse de vista, como recuerda la Comisión en su comunicado, que además del Reglamento sobre requisitos de capital [Reglamento (UE) n.º 575/2013], la Directiva establece los requisitos prudenciales para las entidades de crédito y las empresas de inversión en la UE fijando normas sobre el importe del capital que las entidades deben tener para cubrir las posibles pérdidas derivadas de los eventuales riesgos. A su vez, la Directiva establece normas sobre la autorización y la supervisión de las entidades, la cooperación en materia de supervisión, la gestión de riesgos, el gobierno corporativo (incluida la remuneración) y los colchones de capital.

El plazo máximo del que disponían Los Estados miembros para incorporar la Directiva al Derecho nacional era el 31 de diciembre de 2013. Como no se había hecho, en enero de 2015, la Comisión Europea solicitó formalmente a España que transpusiera la Directiva. En enero de 2018, se emitió un dictamen motivado contra España.  Desde esa fecha España no ha comunicado las medidas que faltaban relacionadas con la mencionada Directiva.