La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilaci贸n (EIOPA) public贸 el 28.06.2018 su Dictamen dirigido a las autoridades nacionales de supervisi贸n, en relaci贸n con los deberes de continuidad del servicio, y de informaci贸n, de los aseguradores e intermediarios en contratos transfronterizos
Se trata de un Dictamen elaborado de conformidad con Solvencia II, la Directiva de Mediaci贸n de Seguros y la Directiva de Intermediaci贸n de seguros
En virtud de las libertades de establecimiento y de prestaci贸n de servicios, los contratos de seguros, relativos a aseguramientos transfronterizos entre Reino Unido y la UE-27 concluidos con anterioridad al Brexit deben mantener su vigencia, sin excepcionalidades derivadas del momento en el que se produzca la salida del Reino Unido de la Uni贸n Europea.聽 Las autoridades nacionales de supervisi贸n est谩n obligadas, explica EIOPA,聽 a garantizar que las empresas de seguros y los intermediarios de seguros adopten las medidas聽 apropiadas para garantizar la continuidad de los servicios de los contratos de seguros transfronterizos entre el Reino Unido y otros Estados miembros de la Uni贸n Europea.
Adem谩s, a帽ade la autoridad europea de seguros, deben prestar atenci贸n en su labor supervisora al cumplimiento, por parte de las empresas de seguros y los intermediarios, de informar a los clientes sobre el posible impacto de la retirada del Reino Unido de la Uni贸n Europea.聽