Sanción a 5 empresas y 3 directivos por un cártel consistente en intercambiar información comercial sensible para repartirse las adjudicaciones de los contratos de publicidad institucional.

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Réplicas de dinosaurio realizadas por José Vicente Casado, en la Escuela Superior y Técnica de Ingenieros de Minas de la ULE. By M.A. Díaz.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), en nota de prensa del 7 Mayo de 2018 (aquí), informa de la imposición de sanciones a un cártel constituido por cinco empresas (Carat España SAU, Inteligencia y Media SA, Media By Design Spain SA, Media Sapiens Spain SL y Persuade Comunicación). (Expte. S/0584/16 AGENCIAS DE MEDIOS).

Informa así la referida nota de prensa de la Resolución de la CNMC de 3 de mayo de 2018 (aquí), que acuerda imponer sanciones a cuatro de las empresas implicadas en el cártel. Cártel éste mediante el cual se intercambiaba información comercial sensible entre cuatro de las empresas, colaborando la quinta empresa, a fin de repartirse las licitaciones públicas que se iban convocando en ejecución del Acuerdo Marco 50/2014 para campañas de publicidad institucional de la Administración General del Estado.

Las multas impuestas a las empresas son las siguientes:

  • Carat España SAU: 4 millones de euros.
  • Inteligencia y Media: 2 millones de euros.
  • Media Sapiens Spain SL: 627.890 euros.
  • Persuade Comunicación SA: 495.000 euros.

En lo que se refiere a Media By Design, si bien se constata su participación en la conducta, habida cuenta la falta de facturación, alegada, en el ejercicio 2017, resuelve no imponerle multa.

Y, asimismo, respecto a este mismo expediente, ha resuelto sancionar a tres de los directivos o representantes legales de aquellas empresas por el intercambio de información comercial sensible, con el objetivo de repartirse los concursos basados en el Acuerdo Marco 50/2014, por cuatro de las cinco adjudicatarias del mismo.

Estas conductas tuvieron lugar a lo largo de año y medio: desde la primera campaña convocada en diciembre de 2014 hasta la fecha de realización de las inspecciones domiciliarias los días 25 y 26 de mayo de 2016.

El importe de las sanciones impuestas a las 5 empresas asciende a un total de 7,23 millones de euros. Y ha de subrayarse la imposición de multas también a los 3 directivos, por un importe conjunto de 109.000 euros. A ello le autoriza el artículo 63.2 de la LDC, que prevé la posibilidad de sancionar a los representantes legales o las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en los acuerdos o decisiones.

La CNMC considera que la conducta en cuestión supone un cártel configurado como una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC), y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta conducta constituye, así, un cártel tendente al reparto de mercado con incidencia en las condiciones en que se han ejecutado los contratos de las diferentes campañas. Ello implica que, según la CNMC, pueda ser considerado como una infracción muy grave, del art. 62.4.a. de la LDC. Las sanciones impuestas a las empresas se elevan a un total de 7,12 millones de euros.

El expediente se inició de oficio por la CNMC cuando evaluaba las licitaciones basadas en el Acuerdo Marco para la materialización de las campañas de publicidad institucional de la Administración General del Estado (Acuerdo Marco 50/2014). Esta evaluación tuvo lugar a raíz de una consulta previa de la Junta de Contratación Centralizada del Ministerio de Hacienda sobre la licitación del citado Acuerdo Marco, ante las quejas recibidas por parte de dos licitadores (Persuade y Carat).

En la tramitación de este expediente sancionador, el Consejo de la CNMC celebró una vista oral en la sede de la CNMC en Madrid el 5 de abril a instancias de una de las empresas. La última vista oral en el marco de un expediente sancionador de competencia tuvo lugar en el año 2010.

Contra esta Resolución de la CNMC no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.