Reciente imposición de multa de 5 194 000 euros de la Comisión Europea a Riberebro por su participación en un cartel de setas y champiñones en conserva vendidos en latas y tarros (no frescos ni congelados) para ventas en el Espacio Económico Europeo (EEE) a través de subasta a minoristas y mayoristas del sector alimentario (autoservicio y clientes profesionales y empresas de servicios de restauración).
Los miembros del cartel intercambiaron información confidencial sobre ofertas, fijaron precios mínimos, se pusieron de acuerdo sobre objetivos de volumen y se asignaron clientes entre ellos. Así estabilizaban sus cuotas de mercado y limitaban el descenso de los precios. La multa se fijó sobre la base de las Directrices de la Comisión de 2006 sobre multas, y de conformidad con la Comunicación sobre medidas de clemencia de 2006 de la Comisión (Riberebro obtuvo una reducción del 50 % por cooperar con la investigación).
En consecuencia de lo anterior, y de conformidad con la Directiva 2014/104/UE cualquier persona o empresa afectada por el comportamiento contrario a la competencia descrito en este asunto puede acudir a los tribunales de los Estados miembros y reclamar una indemnización por daños y perjuicios.