Exenci贸n de compensaci贸n en ECC. Fondos de Pensiones. CNMV

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Conforme a lo que ya se hab铆a anunciado en el plano europeo (Dinamarca), 聽la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) hace suya la exenci贸n a planes de pensiones de la obligaci贸n de compensaci贸n centralizada 聽que establece el Reglamento Europeo sobre derivados extraburs谩tiles, entidades de contrapartida central y registros de operaciones (EMIR, Reglamento UE聽648/2012 ).

 

Parque Chantre. Le贸n. By R Castellanos Blanco

La exenci贸n 聽publicada en la Web de CNMV , de fecha 30.01.2017, deriva de la petici贸n de Inverco para los fondos de pensiones personales.聽 Es autorizada por la CNMV tras el informe favorable de la Autoridad Europea de Valores y聽 Mercados (ESMA) y de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilaci贸n (EIOPA). 聽Permanecer谩 vigente hasta el 18 de agosto de 2018.

EMIR,聽que entr贸 en vigor el 16 de agosto de 2012, impone obligaciones para asegurar que el funcionamiento del mercado de derivados es seguro. Entre estas obligaciones, la compensaci贸n de instrumentos financieros derivados a trav茅s de una c谩mara de compensaci贸n, con posibles exenciones como la aqu铆 indicada, al amparo del Art 89.2 del mencionado Reglamento.

Recordamos que, conforme a lo dispuesto en el Art 89.1 EMIR, los fondos de pensiones ocupacionales est谩n exentos (directamente) de compensaci贸n centralizada directamente en el reglamento.

Los contratos exentos de la compensaci贸n, eso si, deben contar con las garant铆as聽 reforzadas que establece el EMIR (art 11)

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