Museo Naval

Quien más, quien menos ha visitado en varias ocasiones museos de todo tipo y condición. Museos grandes y de prestigio con obras de referencia obligada y pequeños museos de temática inverosímil encontrados por azar en las páginas de alguna guía turística de lance. Museos de artes, de ciencias naturales o tecnología, y hasta museos del traje o de miniaturas invisibles.
Uno de los que no me atrevo a encasillar sin temor a equivocarme es el Museo Naval, situado en un magnífico edificio en el Paseo del Prado de Madrid compartido con la sede del Cuartel General de la Armada, construcción de gran empaque con detalles de sabor marinero.
En sus salas, pasillos y patios se pueden observar desde maquetas espléndidas de navíos y buques de todas las épocas, instrumentos de navegación y cartografía, armas de filo y de fuego de todo tipo hasta documentos históricos o mobiliario de época, recreaciones de estancias y camaretas navales pasando por la joya de la corona, la carta universal de don Juan de la Cosa, de 1500, en la que se representa el continente americano con los principales descubrimientos geográficos realizados entre 1492 y 1500 para su conocimiento por los Reyes Católicos.
Pero quizás, lo más entrañable y peculiar sea uno de los guías del museo; voluntarios, según creo, que dedican su tiempo y sus conocimientos a mostrar los secretos de cada sala.
Cabellos blancos, corbata perfecta y aires de marinero en tierra curtido en las batallas de la vida diaria identificaban al caballero que acompañó a mi grupo a través del recorrido museístico.
Pronto advertimos que nuestro cicerone no solo nos guiaría a través de los tesoros de las salas temáticas, incidiendo en ésta o aquella maqueta o en el detalle de una daga de mano izquierda. Ante cualquier detalle, situaba al neófito en el ambiente de la época, advirtiendo de las diferencias en la concepción de los justo e injusto a través de los siglos o de las distintas costumbres de la época; la conveniencia de las velas latinas para la maniobra en el Mediterráneo frente a las velas de corte cuadrado – más adecuadas para la navegación en el Atlántico – o la importancia de bombear agua podrida de la sentina ya que hacia presuponer que no existían vías de agua en el casco del buque …” sentina podrida, navegación segura”.
Las grandes hazañas de nuestros marinos frente a los “borrachizos” británicos; los gestos de heroísmo de algunos oficiales dirigiendo la batalla después de haber perdido una pierna y haber metido el muñón en un tonel de serrín hasta caer desangrado…o la vieja leyenda de la muerte de Nelson y su viaje hasta las Islas de la Gran Bretaña sumergido en algún bebedizo alcohólico, que, según las malas lenguas – sin duda-, llegó seco a destino después de que los marineros ingleses se bebieran el licor a través de improvisadas pajitas cocteleras, eran desgranadas con entusiasmo por nuestro caballero andante.
Tardamos algo más que el resto de los grupos guiados, sin duda. Varios nos adelantaron en su recorrido a través de las salas. Pero estoy seguro de que los que de verdad disfrutamos como niños, imaginándonos entre los abordajes de piratas y corsarios, y, hasta nos mareamos con los vapores de la pólvora de los combates de nuestra Armada, fuimos nosotros.
Gracias amigo desconocido por hacernos pasar un fantástico domingo, conociendo nuestra historia, muchas veces escondida y muchas más no entendida, a la vera de la Armada Española. Volveremos a vernos en la cubierta de alguna Goleta bien pertrechada para el combate a la espera de mejores vientos, nunca de mejor compañía.

Marcos Álvarez

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Obligaciones de las Comunidades de Vecinos al realizar obras en sus propiedades

La Comunidad de Madrid a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y en colaboración con el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid ha editado una Guía Técnica para la gestión preventiva de las obras en las Comunidades de Vecinos.
Una breve guía práctica que pretende mostrar de forma concisa las obligaciones y responsabilidades que tienen este tipo de organizaciones a la hora de realizar obras de mantenimiento o ampliación en sus edificios y espacios privativos.
De una primera lectura de la misma es importante resaltar dos conclusiones claras que reafirman varias interpretaciones defendidas desde estas páginas en varias ocasiones:
– Las Comunidades de Propietarios a la hora de realizar obras de distinto tipo se convierten automáticamente en PROMOTORES DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN con lo que deben cumplir con la normativa al respecto. Además, en el caso de que contraten con diversos trabajadores autónomos la ejecución de diversos trabajos se convierten automáticamente en CONTRATISTAS, debiendo cumplir con las obligaciones derivadas de esta figura.
– Al promover obras en sus comunidades, exista o no exista proyecto de ejecución, siempre que intervengan más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos, es necesario el nombramiento de un Coordinador en materia de seguridad y salud en fase de ejecución por parte de la Comunidad de Propietarios.
Seguiremos comentando este interesante documento en próximos artículos.

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Producción Bruta de energía Eléctrica en Castilla y León.

El Ente Regional de la Energía de Castilla y León ha adelantado los datos energéticos del año 2010 (no se dan mucha prisa, no…) con lo que podemos hacer una revisión de los datos de producción de energía eléctrica de las provincias que integran la Comunidad Autónoma.

Con un simple vistazo a la tabla que adjuntamos, con los datos de los años 2000, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 podemos hacer algunas reflexiones rápidas:
– la producción bruta de energía eléctrica en la comunidad autónoma de Castilla y León se ha mantenido prácticamente constante con las variaciones lógicas producidas por los años hidrológicamente abundantes.
– la provincia de León ha pasado en poco más de una década de generar casi la mitad de los kilovatios hora de Castilla y León, el 48,16 % de la producción bruta de energía eléctrica en 2000(14.642.030 MWh) a contribuir en 2010 con solo 2.185.488 MWh, lo que supone el 8,04 % de la produccion de Castilla y León.

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Firmado el V Convenio General del Sector de la Construcción

La Confederación Nacional de la Consturcción y las federaciones sindicales FECOMA-CCOO y MCA-UGT han logrado un acuerdo positivo para este sector.
El nuevo convenio se ha definido con un doble alcance temporal. Ello supone ventajas relevantes: en el primer periodo -con duración de un año- se establecen, además del contenido habitual y general del convenio, la política salarial y las materias con ellas relacionadas; en el segundo periodo -por cinco años- quedan incluidos conceptos estructurales que constituyen las líneas determinantes del convenio: la estructura de la negociación colectiva, las normas de concurrencia y reserva de materias, el contrato fijo de obra, la cláusula de subrogación, la jubilación obligatoria, la cláusula de inaplicación y algunas disposiciones relativas a cuestiones de igualdad de oportunidades y no discriminación.
En este sentido cabe destacar que la estructura de la negociación colectiva descansa sobre el convenio sectorial estatal, dotado de eficacia normativa general, definiendo su papel como convenio rector y director de las relaciones laborales y vertebrador del sector de la construcción, protegiendo la unidad de mercado y la homogeneización de condiciones laborales.
En segundo lugar, se incluye una cláusula de inaplicación en sentido amplio que, sin perjuicio de las causas que con carácter genérico establece el Estatuto de los Trabajadores, concreta y objetiva el descuelgue de las condiciones de trabajo ya mencionadas. Esta cláusula reduce la incertidumbre y aporta seguridad jurídica a las empresas y trabajadores, todo ello con el objetivo del mantenimiento del empleo en las empresas.
Aspectos económicos
Por lo que se refiere a la dimensión económica de vigencia anual, se ha avanzado en los siguientes aspectos:
Se han actualizado las tablas salariales de 2011, con efectos 1 de enero de 2012, en un 1%.
Sin incrementar las tablas de 2012, se mantiene la cláusula de revisión salarial, aplicable a finales del presente año, de la inflación real observada durante el mismo menos 2 puntos, de manera que hasta ese porcentaje no se aplicará sistema de revisión.
El convenio completo lo pueden consultar en este enlace.

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Mantero: «La Ciuden deber ir ligada a un proyecto de futuro para el carbón nacional» ( Diario de León – 16/12/2011 )

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El examen

Lleva varios días lloviendo. El agua, tan necesaria –eso decían al menos los hombres del campo y los meteorólogos- hace tan solo unas semanas se está convirtiendo en un elemento rutinario de este mes de noviembre. Rutinario y molesto. Es una buena mañana para pasarla en la Escuela después de tantas jornadas de preparación y estudio encerrado en casa.

Los dos tramos de escalera encauzan casi de manera automática hacia el  aula asignada para el evento. De forma escasamente rectangular, amplios ventanales con persianas y cortinas y pintadas sus paredes en tonos claros, ha sido testigo mudo de muchas pruebas e infinidad de clases magistrales. ¡Cuánto saber acumulará la pátina que recubre sus muros!

Las tres filas de tubos fluorescentes impregnan el ambiente húmedo del aula de un halo de frialdad y expectación, roto por el ruido y los cuchicheos de los jóvenes nerviosos y por el parpadeo sonoro, cíclico y continuo del último elemento de la fila central.

Alguien debería sustituirlo.

Los pupitres de armazón metálico y banquetas y mesas de aglomerado barato de madera no superarían la más sencilla evaluación ergonómica. Como potros de tortura avivan la curiosidad de los alumnos y ahuyentan a Morfeo en las horas de tedio y ensoñación.

Hoy hay prisa por elegir el asiento preferido. No será una clase como las demás. Toca examen. Cada alumno utiliza la estrategia zonal de forma diferente. Unos intentan formar un grupo de trabajo en la sombra, otros buscan zonas alejadas  de la vigilante mirada del profesor. Toda planificación previa se trunca cuando se obliga a los asistentes a colocarse de forma predeterminada.

Comienza entonces el despliegue de material: bolígrafos de varios colores, portaminas y lápices de grosores y durezas distintos, rotuladores, afilapuntas, gomas, reglas y hasta tippex se desparraman por la superficie de la mesa. Algunos incluyen algún documento de identificación como retando a una comprobación de identidad.

El profesor comienza a desgranar al aire las instrucciones básicas; mochilas fuera, apuntes y libros  lejos; que si cuatro hojas con nombre y apellidos; que si hora y media de tiempo máximo…Los alumnos intentan asimilar las frases rápidas y amenazantes sin perder la compostura y la concentración.

La hoja con los enunciados es entregada y la suerte parece echada. Preguntas de teoría, problemas y supuestos; test y conversiones. No parece tan difícil.

Pero aun hay algo más. Una última norma antes de comenzar.

¡Horror!  No se puede utilizar la calculadora.

 

 

 

Marcos Álvarez

León, 21 de noviembre de 2011

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Nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud en obras sin Proyecto Técnico.

Las opiniones que ha desatado el artículo sobre el nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud en obras sin proyecto en algunos foros me anima ha fomentar el debate publicando dos informes de la Administración sobre el asunto.

Inform_desig_coord sin proyecto

Inform_desig_coord[1]

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Nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución en actuaciones sin proyecto técnico.

La necesidad de nombrar a un coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción recogidas en el anexo I del R.D. 1627/1997 es una cuestión que ha tenido varias interpretaciones desde la entrada en vigor del mencionado decreto.

 La interpretación todavía mayoritaria, y que, dicho sea de paso, pensamos debería modificarse de inmediato,  fue recogida en el acuerdo adoptado en el grupo de trabajo de construcción de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y está recogido, además, en la Guía Técnica sobre el R.D. 1627/1997 elaborado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (I.N.S.H.T).( Ambos documentos, como todos sabemos, no son de obligado cumplimiento)

 Mantienen estos organismos que la existencia del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución está supeditada a la existencia de un Proyecto Técnico. Esta interpretación se fundamenta en la propia definición de Coordinador de Seguridad y Salud recogida en el Real Decreto: “…técnico competente integrado en la dirección facultativa designado por el promotor para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9…”; En las actuaciones que no cuentan con proyecto técnico, no existe dirección facultativa por lo que no existe tampoco coordinador de seguridad  salud, razonaron los entendidos.

 Sin embargo, parece que dieron menos relevancia al articulo 3 del R.D. 1627/1997 cuando en su punto 2 al tratar la designación de los distintos coordinadores; “Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circunstancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra”, no hace referencia alguna a la existencia o no de proyecto y sí lo hace a la presencia de más de una empresa en la ejecución de los trabajos.

 Con la entrada en vigor del Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, se insiste en la necesidad de nombrar coordinadores de seguridad y salud aun cuando no exista proyecto.

 Este decreto establece la necesidad de establecer determinados medios de coordinación empresarial, entre los que se encuentran personas encargadas de estas labores, incidiendo además que en las actuaciones recogidas en el R.D. 1627/1997 estas labores serán realizadas por los agentes específicos de las obras, que resultan ser los Coordinadores de Seguridad y Salud en fase de ejecución.

 De no ser así, se daría la paradoja, que las obras sin proyecto serían los únicos centros de trabajo en los que no se realizaría la obligatoria coordinación empresarial, siendo además este sector uno  de los que cuenta con mayor presencia de empresas intervinientes en un mismo centro de trabajo.

 Con todo esto, queda clara la obligatoriedad del promotor de nombrar un coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución cuando sean varias empresas, o empresa y autónomos, los que intervengan en los trabajos, aun cuando no exista proyecto técnico ni dirección facultativa.

Marcos Álvarez

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Coordinación de Seguridad y Salud (5): Opinión de la Inspección de Trabajo sobre la Documentación.

Hemos desarrollado en una entrada anterior el tratamiento de la información que, dentro de la labor de coordinación, debe requerir el técnico que realiza esta función.
Existe un informe  de la Inspección provincial de trabajo y seguridad social de Murcia que aclara la documentación que es necesario pedir dentro de las labores de coordinación en materia de seguridad y salud y cual no es preciso, y que incluso, se escapa de las atribuciones del Coordinador.


Marcos Alvarez

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El proyecto del Tranvía al Complejo Hospitalario de León no contará con Evaluación de Impacto Ambiental.

 

El Boletín Oficial de Castilla y León del 16 de junio de 2011 publica la resolución de la Delegación Territorial de León por la que se hace pública la decisión de no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental al proyecto “Tranvía de León, tramo calle Peregrinos – Complejo Hospitalario” promovido por FEVE.

Es preciso recordar que las obras anunciadas desde hace varios años para la construcción de una red de tranvía, con diferentes tramos repartidos por la ciudad de León, ha cosechado polémicas, denuncias y movimientos vecinales, unos a favor y otros en contra, que hacen pensar que infraestructuras de este calado en una ciudad como León provocan opiniones de todo tipo que, al menos, merecen ser escuchadas y tenidas en cuenta para poder tomar decisiones lo más acertadas posible.

Sin entrar en la necesidad o no de contar con líneas de tranvía en León, que aprovechando la coyuntura recuerdo que no es plato de mi devoción, es curioso leer la argumentación de la Administración para no proceder a iniciar el trámite de evaluación de impacto ambiental de este proyecto.

La resolución, una vez identificado el proyecto en el que no se incluye curiosamente una subestación de tracción que alimente las instalaciones de corriente continua a 750 V  que son necesarias para que los tranvías puedan funcionar, se centra en la contestación de las alegaciones presentadas y en la constatación de que la zona afectada por las obras no cuenta con humedales, zonas costeras, reservas naturales o parques, bosques, áreas protegidas de naturaleza o fauna, paisajes con significación histórica, etc… Desde luego para darse cuenta de estos aspectos no hace falta redactar un Estudio de impacto ambiental.

Pero un proyecto de estas características tiene otra serie de impactos evaluables en un estudio serio y completo que posiblemente nos quedaremos sin conocer, como por ejemplo:

 

  • La aceptabilidad social del proyecto.
  • El aumento del riesgo de accidentes en la zona afectada.
  • La alteración del planeamiento urbanístico.
  • La alteración del factor “calidad de vida”
  • Las alteraciones de la estructura socioeconómica local.
  • La modificación de los hábitos de la población afectada.

Unos podrán ser positivos y otros negativos. Pero desafortunadamente  la decisión de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de no someter el  proyecto al procedimiento de Impacto nos dejará sin poder evaluar estos factores, tan importantes, al menos, como las afectaciones del medio natural.

 

 

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