Obligaciones de las Comunidades de Vecinos al realizar obras en sus propiedades

La Comunidad de Madrid a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y en colaboración con el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid ha editado una Guía Técnica para la gestión preventiva de las obras en las Comunidades de Vecinos.
Una breve guía práctica que pretende mostrar de forma concisa las obligaciones y responsabilidades que tienen este tipo de organizaciones a la hora de realizar obras de mantenimiento o ampliación en sus edificios y espacios privativos.
De una primera lectura de la misma es importante resaltar dos conclusiones claras que reafirman varias interpretaciones defendidas desde estas páginas en varias ocasiones:
– Las Comunidades de Propietarios a la hora de realizar obras de distinto tipo se convierten automáticamente en PROMOTORES DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN con lo que deben cumplir con la normativa al respecto. Además, en el caso de que contraten con diversos trabajadores autónomos la ejecución de diversos trabajos se convierten automáticamente en CONTRATISTAS, debiendo cumplir con las obligaciones derivadas de esta figura.
– Al promover obras en sus comunidades, exista o no exista proyecto de ejecución, siempre que intervengan más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos, es necesario el nombramiento de un Coordinador en materia de seguridad y salud en fase de ejecución por parte de la Comunidad de Propietarios.
Seguiremos comentando este interesante documento en próximos artículos.

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