Financial Choice Act 2017 (I). Accionistas e intermediarios de voto

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El 8 de junio de 2017, la Cámara de Representantes de Estados Unidos dio su respaldo al Proyecto de Ley Choice Act,  (“Creating Hope and Opportunity for Investors, Consumers, and Entrepreneurs”) para sedicentemente  modificar la Ley Dodd-Frank de reforma de Wall Street y de protección del consumidor de 2010 (era Obama). Actualmente el texto se encuentra pendiente del correspondiente trámite prelegislativo en la Cámara Alta, el Senado de los Estados Unidos.

 

Arintero y la Baña. León

Sobre el argumento principal de que el ordenamiento vigente impone costes excesivos en las empresas y de que el presente marco de supervisión es poco eficiente se están formulando reformas de calado. La mayoría corresponden a las disposiciones bancarias y financieras que habían sido introducidas con el Dodd-Frank Act. Pero algunos de los aspectos objeto de debate afectan también al buen gobierno, principalmente en las entidades cotizadas, y a las competencias supervisoras de la SEC y de otras Autoridades independientes. En esta entradilla aludimos concretamente a reformas que afectarían al poder de iniciativa de los accionistas, a los asesores e intermediarios de voto, y a las competencias reguladoras y supervisoras de la SEC, en relación con unos y otros.

  • Sobre la posibilidad de que los accionistas sometan propuestas a voto (Sección 844). El proyecto de ley en su versión aprobada por el Congreso establece disposiciones restrictivas sobre la inclusión de propuestas de los accionistas en la solicitud pública de voto (proxy). Ello implica que la SEC endurecerá los requisitos para la presentación de propuestas por parte de los accionistas de sociedades cotizadas (reguladas de modo detallado en la Regla SEC 14a-8). Actualmente se exige la posesión de al menos 2.000$, cifra que sería sustituida por la exigencia de que la propuesta estuviese apoyada por al menos un 1 % de las acciones de la cotizada (o un umbral más alto que la SEC pudiera determinar), mantenido durante al menos 3 años.  CHOCE eleva considerablemente los umbrales para permitir que una propuesta de los accionistas sea vuelta a presentar (se exigiría un 6% de los derechos de voto si fue votada 1 vez en los últimos 5 años; 15% si lo fue 2 veces, o un 30% si lo fue 3 veces durante el mismo periodo (actualmente los umbrales son de 3%, 6% y 10%). También restringiría la posibilidad (admitida en la sección 14 de la Securities Exchange Act, SEA) de presentación de propuestas por parte de intermediarios de voto “proxy” que actúen en representación de los accionistas.

 

  • Sobre los asesores e intermediarios de voto. Proxy. (Sección 482). El proyecto de ley contiene una disposición de reforma del régimen de los asesores e intermediarios de voto que, de aprobarse en su versión actual, quedarían sometidos a registrarse en la SEC y a otros requisitos. El proceso de registro exigiría la presentación anual de sus estados financieros e informe de gestión. Además, se les impondrían otros deberes como el de comunicar al supervisor los posibles conflictos de intereses que encuentren en el desarrollo de su actividad, el de adoptar un código ético, el de adecuar la gobernanza interna de sus recursos y  poner en marcha procedimientos para formular políticas y recomendaciones de votación; el de establecer procedimientos para que los emisores puedan aportar alegaciones a los borradores de recomendaciones, así como el de nombrar un “defensor” para valorar las cuestiones que le sean formuladas por parte de los emisores. El proyecto de ley también requeriría que los intermediarios de voto contasen con (e hiciesen públicos) procedimientos para gestionar los conflictos de intereses. Por otra parte, la SEC habría de promulgar Reglas sobre prácticas agresivas y desleales, y sobre conflictos de intereses en los servicios de los Proxy.
  • Finalmente, en relación con estos intermediarios y como someten las propuestas de los accionistas la Sección 845 de Proyecto de Ley Financial Choice supone una enmienda al artículo 14 de la SEA en el sentido de que, de aprobarse en su redacción actual, la  SEC debería prohibir la inclusión, en una misma papeleta de voto, a los candidatos (a ocupar puestos en el Consejo) propuestos por el emisor y a otros candidatos (disidentes).ç
    • Llamamos la atención sobre la cincunstancia de que en EEUU buen número de las propuestas de accionistas se relacionan con cuestiones sociales y ambientales que son objeto de atención por parte de activistas.

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Publicado por

Elena F Pérez Carrillo

Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Mercantil Universidad de León