El Libro de Actas聽 es ( art铆culo 26 C贸digo de Comercio) un libro聽obligatorio para las Sociedades Mercantiles,聽 que podr谩n llevar un libro para cada 贸rgano, que podr谩n ser de hojas m贸viles, y deber谩n legalizarse por el Registrador Mercantil necesariamente antes de su utilizaci贸n, en la forma prevista en. el Reglamento Mercantil (art铆culo 116 RRM)
En 茅l que deben constar, al menos:
- Acuerdos tomados por las Juntas Generales y Especiales, y otros 贸rganos colegiados de la sociedad.
- Datos relativos a la convocatoria y a la constituci贸n del 贸rgano.
- Resumen de los asuntos debatidos.
- Intervenciones de las que se haya solicitado constancia.
- Acuerdos adoptados.
- Resultados de las votaciones.
Certificaciones: Cualquier socio, o personas que hubieran asistido a la Junta General en representaci贸n de los socios no asistentes, podr谩n obtener en cualquier momento certificaci贸n de los acuerdos y de las Actas de las Juntas Generales.
Los administradores deben presentar en el Registro Mercantil, en los 8 d铆as siguientes a la aprobaci贸n del acta, testimonio notarial de los acuerdos inscribibles.