Innovación financiera, ICOs y cumplimiento regulatorio

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La SEC inicia procedimiento de enforcement (cumplimiento) por realizar una oferta de tokens digitales no registrada con el supervisor de valores estadounidense

 

Asturica Augusta, by Ricardo Castellanos Blanco

La SEC, a través de su Division of Enforcement,  ha iniciado un procedimiento sancionador contra la entidad Kik Interactive Inc. por realizar una oferta de tokens digitales de 100 millones de dólares que, en este caso, el supervisor federal estadounidense califica como valores. La SEC  acusa a Kik de distribuir tales valores (tokens) a inversores estadounidenses sin registrar su oferta y venta conforme a las exigencias del ordenamiento norteamericano de valores. Esta intervención de la SEC se une a  otras dos anteriores, y similares, llevadas a cabo en los últimos meses; y se produce sobre un transfondo de debate sobre la naturaleza jurídica de estos instrumentos digitales.

 

En efecto, la SEC aplica el llamado “Howey test” para determinar si una ICO de tokens se debe considerar  como un «valor» , de tal manera que de modo provisional y sin perjuicio de otras apreciaciones cuando la ICO se basa en una oferta de una sóla entidad por lo que se considera centralizada tiene muchas posibilidades de ser calificada de «valor», como  sucede con el DAO. En cambio, si la estructura de emisión depende de más de una entidad se trataría de un proyecto lo suficientemente descentralizado como para tener más posibilidades de escapar a la calificación de security.

Cabe señalar que la Sección 5(a) de la Ley de Valores [15 U.S.C. § 77e(a) y (c)] dispone que, a menos que exista una declaración de registro vigente  (o una declaración de exención) ,  no es posible la lícita emisión o distribución de valores en el comercio interestatal. Como ha señalado el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, el legislador definió «valores» basándose en en términos generales para dotar al concepto de flexibilidad, y  adaptabilidad a  los innumerables y variables mecanismos que quien los ofrece a potenciales inversores buscando beneficios.

Edificio «Botines» , León
By Ricardo Castellanos Blanco

Así las cosas, Kik, una empresa canadiense fundada en 2009,  titular y operadora de servicios de telefonía móvil y en concreto de una aplicación de mensajería llamada Kik Messenger. A pesar del éxito inicial de Kik Messenger y de que la empresa ha recibido financiación de capital riesgo, la empresa presenta pérdidas en sus resultados.

A finales de 2016 y principios de 2017, Kik se enfrentó a una crisis en la que la demanda de Kik Messenger disminuyó considerablemente. Ante la posibilidad de encontrarse en una situación de iliquidez, contrató los servicios de un banco de inversión, buscando ser aquidida por una operadora de más volumen, pero el intento resultó infructuoso.
En tal situación planificó ofrecer y vender  mil millones de fichas digitales «tokens»  a cambio de dinero en efectivo para financiar las operaciones de la empresa. Los primeros comunicados en prensa y en conferencias especializadas en cadenas de bloques datan de mayo de 2017. Así se anunciaba el llamado «ecosistema Kik» que en fecha futura indeterminada permitiría la compra de bienes y servicios con los «tokens» del ecosistema. La oferta de 100M de dólares fue adquirida en algo más del 50% por inversores estadounidenses, lo que abre la competencia sancionadora de la SEC.
Estaremos atentos a la resolución de este asunto, respecto del que se hace evidente que «la innovación no ouede estar reñida con el cumplimiento normativo»
Más:
(Case 1:19-cv-05244 ) (04.06.2019)

Publicado por

Elena F Pérez Carrillo

Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Mercantil Universidad de León